Micelio
Sentencia de Tutela23 de mayo de 2013

T-309 de 2013

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Ruben Perez·Demandado Juzgado Primero Civil Del Circuito De Neiva Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Principio De Inmediatez Como Requisito De Procedibilidad De La Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Subreglas para determinar el cumplimiento a pesar de que no exista un término de caducidad de la acción de tutela
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Improcedencia por cuanto el accionante no ejerció recursos de ley ni demostró que en su caso existiera falta de defensa técnica en proceso de pertenencia
  • Reiteración de jurisprudencia sobre requisitos generales y especiales de procedibilidad
Defecto Organico
  • Tiene carácter funcional y temporal
5 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso.

Tutela contra providencia judicial.

En este asunto se demanda en sede de tutela la decisión judicial que declaró el derecho de dominio dentro de un proceso de prescripción ordinaria iniciado en contra del actor, sin tener en cuenta que el predio sobre el cual se declaró la pertenencia era baldío.

Se aduce que, 1º. la decisión judicial impugnada incurrió en los defectos procedimental y orgánico y, 2º.

Existió comportamiento negligente por parte del apoderado judicial, quien omitió sus deberes como profesional del derecho.

La Sala aborda los siguientes ejes temáticos. 1º.

Causales de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales y, 2º.

Los defectos orgánicos y procedimental absoluto por falta de defensa técnica.

Se confirman las decisiones de instancia que declararon la IMPROCEDENCIA del amparo deprecado

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida el 14 de noviembre de 2012 por la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia, que a su vez confirmo la emitida el 18 de septiembre del mismo ano por la Sala Tercera de Decision Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva. En consecuencia, negar la solicitud de amparo.
  2. Segundo. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónNilson Pinilla Pinilla
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.