T-266 de 2012
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Patricia Lucero Guzman Diaz En Representacion De Sus Menores Hijos·Demandado Juzgado 21 De Familia De Bogota
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Derechos y facultades que otorga no en favor de padres sino en interés de hijos no emancipados
- Causales de suspensión y terminación
- Dimensión negativa y positiva
- Procedencia excepcional y subsidiaria
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Hace parte de los deberes de crianza, cuidado personal y educación que no se extingue con la pérdida de patria potestad
- No libera ni exonera a los padres de los deberes paterno filiales
- Reiteración de jurisprudencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso, integridad física y emocional de los niños.
Tutela contra providencia judicial.
En el presente caso se ataca la sentencia judicial dictada por un Juez de Familia de Bogotá, mediante la cual se fijó cuota alimentaria y el régimen de visitas a favor de dos menores de edad, a cuyo padre se le había despojado judicialmente la patria potestad sobre ellos.
Se alega la existencia de un defecto sustantivo, en la medida de que el juez debió considerar que la pérdida de la patria potestad excluía la posibilidad de ordenar visitas del padre a sus hijos.
Así mismo se señala la ocurrencia de un defecto fáctico, al no considerar el juez múltiples pruebas de maltrato del padre sobre sus hijos.
La Sala se pronuncia sobre los siguientes aspectos: 1º.
Procedencia excepcional y subsidiaria de la acción de tutela contra providencias judiciales. 2º.
Los defectos fáctico y sustantivo como causales específicas de procedibilidad y 3º.
La pérdida de la patria potestad respecto a los deberes de crianza, cuidado personal y educación.
Al encontrar que no se configura causal de procedibilidad alguna, se decide confirmar el fallo de instancia que NEGÓ el amparo solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. CONFIRMAR el fallo unico de instancia proferido el ocho (8) de septiembre de 2011, por la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, negando el amparo en la accion de tutela instaurada por Patricia Lucero Guzman Diaz, en representacion de sus hijos menores Emily Micaela y David Sebastian Albuja Guzman, contra el Juzgado 21 de Familia del Circuito de Bogota, con vinculacion oficiosa de los defensores de Familia adscritos a los Juzgados 1o y 21 de Familia del Circuito de Bogota, los agentes del Ministerio Publico adscritos a los juzgados 1o y 21 de Familia del Circuito de Bogota y el senor Henry Ramsay Albuja Montalvo
- SEGUNDO. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.