Micelio
Sentencia de Tutela2 de mayo de 2018

T-162 de 2018

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Maykon Eduardo Ipia Navia·Demandado Inpec Y Otro

Tema · dato duro
Derecho A La Dignidad De Personas Privadas De La Libertad. Suministro De Energia En Celdas.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Temeraria
  • Identidad de partes, hechos y pretensiones
  • Para que se configure temeridad debe evidenciarse la mala fe en el actuar del peticionario
  • Supuestos que facultan a interponer nuevamente una acción sin que sea considerada temeridad
Relaciones De Especial Sujecion Entre Los Internos Y El Estado
  • Garantía y respeto de derechos fundamentales del interno
  • Respeto por la dignidad humana de personas privadas de la libertad
Temeridad
  • Concepto y desarrollo jurisprudencial
Legitimacion Por Activa En Tutela
  • Persona natural que actúa en defensa de sus propios intereses
Derechos Fundamentales De Personas Privadas De La Libertad
  • Clasificación en tres grupos: derechos suspendidos, derechos intocables y derechos restringidos o limitados
Derechos Del Interno
  • Relación de especial sujeción entre el Estado y las personas privadas de la libertad
12 temas · 15 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El demandante se encuentra privado de la libertad e interpone la acción de tutela buscando la protección de su derecho fundamental a la dignidad humana, el cual considera vulnerado por estar recluido en una celda que no cuenta con servicio de iluminación, debido a que existe un daño general del fluido eléctrico en el pabellón en donde ésta se ubica.

Se analizan los siguientes temas: 1º.

El estado de cosas inconstitucional en el Sistema Penitenciario y Carcelario colombiano y, 2º.

El servicio de energía eléctrica en el contexto de los establecimientos penitenciarios.

Se CONCEDE el amparo invocado y se previene a la accionada para que en situaciones futuras, en asuntos como el presente, actúe con diligencia y con respeto de los derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad, asumiendo la responsabilidad que por mandato legal le corresponde.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR el fallo dictado por la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura del 29 de junio de 2017. En su lugar, CONFIRMAR la decision adoptada por la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Cauca, del 15 de mayo del mismo ano.
  2. SEGUNDO. PREVENIR a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios -USPEC-, para que en situaciones futuras, en asuntos como el que hoy nos ocupa, actue con diligencia y con respeto de los derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad, asumiendo la responsabilidad que por mandato legal le corresponde.
  3. TERCERO. LIBRESE por Secretaria General las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.