Micelio
Sentencia de Tutela25 de junio de 2024

T-247 de 2024

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Carvajal De Nuñez Ana De Dios·Demandado Colpensiones

Tema · dato duro
Acción De Tutela Para Reconocimiento De Pensión De Vejez-Fondo De Pensiones Negó La Prestación Por Pago Extemporáneo De Aportes. Improcedencia Por Requisito De Subsidiariedad.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Para Reclamar Pension De Vejez
  • Improcedencia por incumplirse requisito de subsidiariedad
Acción De Tutela Para El Reconocimiento De Pensión De Vejez
  • Mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable
  • Procedencia excepcional por afectación del mínimo vital de un adulto mayor
Accion De Tutela Temeraria
  • Para que se configure temeridad debe evidenciarse la mala fe en el actuar del peticionario
  • Requisitos para que se configure
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La actora pretende con la acción de tutela obtener el reconocimiento y pago de su pensión de vejez.

Adujo que Colpensiones le ha negado la prestación en varias oportunidades debido a un hecho no imputable a su accionar, esto es, la mora de su antiguo empleador en el pago de las cotizaciones correspondientes.

La Corte concluyó que la solicitud de amparo resulta IMPROCEDENTE por el incumplimiento del requisito de subsidiariedad.

Lo anterior, por cuanto acreditó que la peticionaria inició un proceso ordinario laboral con la misma pretensión y porque al analizar la situación personal y económica ella constató que no existen circunstancias actuales que pudieran constituirse en un perjuicio irremediable.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia emitida el 6 de septiembre de 2023 por el Juzgado
  2. Séptimo. Penal del Circuito de Bucaramanga, que declaró la improcedencia de la acción de tutela.
  3. Segundo. LIBRAR, por la Secretaría General de la Corte Constitucional, la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoCristina Pardo Schlesinger
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.