T-062 de 2024
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Garcia Moreno Gabriel Leonardo·Demandado Juzgado 003 De Ejecucion De Penas Y Medidas De Seguridad De Acacias
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Hecho superado por pretensión satisfecha
- Se encuentran en especial situación de indefensión producto de la relación de sujeción frente al Estado
- Reiteración de jurisprudencia
- Requisitos generales de procedibilidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
El actor censuró al despacho judicial de ejecución que se abstuvo de dar trámite a los recursos de reposición y apelación que presentó en contra de la decisión que no le reconoció el beneficio de libertad condicional.
En sede de revisión el accionado dio trámite a la impugnación formulada y dispuso continuar con la ejecución de la pena impuesta.
Luego de revisar el cumplimiento de los requisitos generales de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales se constató la configuración del fenómeno de la carencia actual de objeto por HECHO SUPERADO.
Lo anterior, por cuando se resolvieron los recursos interpuestos por el peticionario.
Se hizo una advertencia al juzgado accionado para que se abstenga de incurrir en actuaciones que puedan amenazar los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia de la población privada de la libertad
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia de tutela de segunda instancia emitida por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia el 8 de agosto de 2023, que confirmó la sentencia del 26 de junio de 2023 emitida por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, por medio de la cual se declaró improcedente la acción de tutela presentada por el señor Leonardo García Moreno en contra del Juzgado
- Tercero. de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Acacías. En su lugar, declarar la carencia actual de objeto por hecho superado en relación con los derechos fundamentales al debido proceso, a la defensa, a la dignidad humana y al acceso a la administración de justicia.
- Segundo. ADVERTIR al Juzgado
- Tercero. de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Acacías, Meta que se abstenga de incurrir en actuaciones que puedan amenazar los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia de la población privada de la libertad.
- Tercero. Por la Secretaría General de esta Corporación, LÍBRESE la comunicación a la que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.