T-127 de 2014
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Luis Felipe Barrios Barrios·Demandado Consejo De Estado, Sala Plena De Lo Contencioso Administrativo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por cuanto no se cumplió con el requisito de inmediatez, subsidiariedad o la ocurrencia de un perjuicio irremediable y no se observa un defecto fáctico
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Es preciso demostrar que es necesaria para evitar un perjuicio irremediable
- Requisitos de procedibilidad
- Características
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se considera que el Consejo de Estado, Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, vulneró derechos fundamentales del actor, por incurrir en una vía de hecho cuando emitió el fallo mediante el cual le decretó la pérdida de investidura como Representante a la Cámara.
A juicio del demandante, la Corporación accionada no tuvo en cuenta que la sanción que le fue impuesta fue dejada sin efectos por un acto administrativo expedido por el Consejo Nacional Electoral y por unos fallos de tutela proferidos dentro del amparo promovido por el congresista contra su antigua colectividad, esta es el Partido Cambio Radical.
Se reitera jurisprudencia referente a los requisitos generales y especiales de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales y se decide confirmar la decisión de instancia que declaró improcedente la tutela deprecada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- PRIMERO. CONFIRMAR en su totalidad la Sentencia del Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, calendada el 1 de agosto de 2013, mediante la cual se resolvió: "Declarar improcedente la presente tutela", por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia judicial.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.