Micelio
Sentencia de Tutela19 de marzo de 2009

T-185 de 2009

Ponente Juan Carlos Henao Pérez

Demandante Jose Fernando Lopez Galvis·Demandado Direccion Del Establecimiento Carcelario Y Penitenciario De La Ciudad De Manizales

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud Del Interno
  • Inexcusabilidad de la ausencia de prestación de servicios médicos por trámites administrativos o falta de recursos económicos
  • Práctica de cirugía
  • Protección constitucional
Establecimiento Carcelario Y Penitenciario
  • Obligación de satisfacer el derecho a la salud de la persona recluida
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud de ciudadano recluido en un establecimiento carcelario y penitenciario a quien, por problemas de indole administrativo, no se le ha prestado la atencion medica que requiere para el tratamiento de las perturbaciones producidas por una herida de bala en su mano izquierda. <br>caracter fundamental del derecho a la salud. <br>la obligacion de establecimiento carcelario y penitenciario de satisfacer el derecho a la salud de una persona recluida.

La sala resalto que del derecho a la salud de las personas recluidas puede predicarse igualmente la fundamentalidad, lo cual genera en el estado la obligacion de su aseguramiento, no solo por estar estrechamente vinculado con la vida y la dignidad humana, sino tambien por la relacion de especial sujecion en la que se encuentra el condenado en relacion con el estado.

Corresponde, ademas, al estado, velar por la salud y sanidad de los internos en los terminos de la ley 65 de 1993. <br>inexcusabilidad de la ausencia de prestacion de servicios medicos por tramites administrativos o falta de recursos economicos.

La ausencia de trámites administrativos para el cumplimiento de la obligacion de prestacion de los servicios de salud no es razon suficiente que exonere de su cumplimiento. <br>se ordeno al establecimiento accionado remitir al actor al especialista en ortopedia. <br>concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido el 9 de septiembre de 2008 por el Juzgado
  2. Septimo. Penal del Circuito de Manizales que nego accion de tutela presentada por Jose Fernando Lopez Galvis contra el Establecimiento Carcelario y Penitenciario de la ciudad de Manizales; y en su lugar, CONCEDER el amparo del derecho fundamental a la salud del accionante.
  3. Segundo. ORDENAR al Director del Establecimiento Penitenciario y Carcelario de la ciudad de Manizales, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta providencia, si aun no lo hubiere hecho, remita a Jose Fernando Lopez Galvis ante el especialista en ortopedia.
  4. Tercero. DAR por secretaria cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.