Micelio
Sentencia de Tutela27 de enero de 2023

T-010 de 2023

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Lobo Velasquez Hamyr Enrique·Demandado Comision Nacional Del Servicio Civil Cnsc Y Otro

Tema · dato duro
Derecho A La Igualdad En Concurso De Méritos-Vulneración Al Negar Cambio De Ciudad Para Presentar Prueba De Conocimientos.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Juicio Integrado De Igualdad
  • Criterio de comparación, patrón de igualdad o tertium comparationis
Principio De Igualdad
  • Dimensiones
  • Contenido y alcance
  • Mandatos que comprende
Carencia Actual De Objeto
  • Inexistencia de hecho superado por cuanto la controversia central versaba sobre el derecho a la pensión de sobrevivientes y no sobre el derecho de petición
  • Fenómeno que se configura en los siguientes eventos: hecho superado, daño consumado o situación sobreviniente
Derecho A La Igualdad En Concurso De Méritos
  • Vulneración al negar cambio de ciudad para presentar prueba de conocimientos
Igualdad
  • Concepto relacional
6 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El actor alega que la CNSC vulneró sus derechos fundamentales a la igualdad y al debido proceso, al no haberle otorgado la oportunidad de efectuar el cambio de ciudad para la presentación del examen en el marco de un concurso de méritos en el que participaba, cuando en otras dos convocatorias similares sí permitió dicha posibilidad, Se verifica el cumplimiento de los requisitos generales de procedibilidad de la acción de tutela y se reitera jurisprudencia constitucional relacionada con el derecho a la igualdad y la aplicación del juicio integrado de igualdad.

La Sala Quinta de Revisión concluyó que: i) había una afectación prima facie del principio de igualdad; ii) a la luz del criterio de comparación aplicado, esto es, desde la perspectiva de la situación de riesgo de contagio de Covid-19, el accionante y los aspirantes de las otras convocatorias en relación con las cuales se habría vulnerado su derecho a la igualdad sí eran sujetos comparables; y iii) la afectación prima facie del principio de igualdad no estaba justificada, al encontrarse que la accionada no justificó en ninguna medida el tratamiento diferenciado.

Se TUTELA el derecho a la igualdad del peticionario.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (12 puntos)
  1. PRIMERO. DESVINCULAR de este proceso al Municipio de Tunja, al Municipio de Sogamoso, así como a quienes aspiraban al mismo cargo en la Convocatoria TBCM.
  2. SEGUNDO. CONFIRMAR, por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia del 9 de julio de 2021, proferida por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, que confirmó la decisión del Juzgado
  3. Segundo. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Santa Marta del 14 de mayo de 2021, mediante la cual se tuteló el derecho fundamental a la igualdad del accionante.
  4. SEGUNDO. LIBRAR, por la Secretaría General de la Corte Constitucional, la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí previstos.
  5. Comuníquese y cúmplase.
  6. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  7. Magistrada
  8. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  9. Magistrada
  10. JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
  11. Magistrado
  12. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.