Micelio
Sentencia de Constitucionalidad28 de julio de 2005Sala Plena

C-783 de 2005

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Edgard Peña Velasquez

Tema · dato duro
Cosa Juzgada En Multa En Materia Penal
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Congreso
  • Facultad para expedir leyes que integren contenidos normativos declarados inexequibles
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
Inhibicion De La Corte Constitucional
  • Ausencia de concepto de vulneración
Multa En Proceso Penal
  • Cuantificación de acuerdo a la condición económica y personal del condenado
  • No violación de la prohibición de arresto o prisión por deudas
  • Conmutación por obligación de hacer
  • Prórroga para su pago
Cosa Juzgada Material
  • Concepto
  • Presupuestos
  • Inexistencia
Derecho A La Igualdad En Multa
  • Justificación de trato diferenciado en la imposición
Libertad Condicional
  • Concesión por pago de multa
13 temas · 19 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 890 de 2004 articulos 4 y 5 (parcial).

Se modifica y adiciona el codigo penal.

Concesión de los beneficios de la suspensión condicional de la ejecución de la pena y el reconocimiento de la libertad condicional al pago total de la multa y de la reparacion de la victima.

Cosa juzgada constitucional formal - material y absoluta - relativa.

La cosa juzgada relativa explicita en la sentencia c-194 de 2005 y la existencia de la cosa juzgada constitucional en el presente asunto en relacion con los cargos formulados por el actor.

Inhibición constitucional respecto de las expresiones "su concesión estara supeditada al pago total de la multa" y "en todo caso su concesión estara supeditada al pago total de la multa" en cuanto al desconocimiento del preámbulo y los articulos 2 y 4 de la constitución política y el articulo 11 de la convención americana de derechos humanos por ausencia del concepto de violación.

Estarse a lo resuelto en c-194 de 2005 e inhibida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 890/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 4Ley 890/04INHIBITORIO
Art. 5Ley 890/04INHIBITORIO
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-194 de 2005, que dispuso: "
  2. PRIMERO. Por los cargos analizados en esta providencia, declarar EXEQUIBLE el artículo 4º de la Ley 890 de 2004, por el cual se adiciona el artículo 63 del Código Penal. (...)
  3. CUARTO. Por los cargos analizados en esta providencia, declarar EXEQUIBLE la expresión y "En todo caso su concesión estará supeditada al pago total de la multa", contenida en el artículo 5º de la Ley 890 de 2004, que modificó el artículo 64 del Código Penal, en los términos del artículo 39 del Código Penal".
  4. Segundo. INHIBIRSE de proferir decisión de fondo respecto a la expresión "y de la reparación de la víctima" contenida en el artículo 5 de la Ley 890 de 2004, por el presunto desconocimiento del Preámbulo, los artículos 2, 4, 13 y 28 de la Constitución Política, y el artículo 11 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, como también de las expresiones "su concesión estará supeditada al pago total de la multa" y "En todo caso su concesión estará supeditada al pago total de la multa", por el presunto desconocimiento del Preámbulo y los artículos 2 y 4 de la Constitución Política, y el artículo 11 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos contenidas en los artículos 4 y 5 de la Ley 890 de 2004, por ausencia del concepto de la violación.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónHumberto Antonio Sierra Porto
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.