Micelio
Sentencia de Constitucionalidad8 de junio de 2004Sala Plena

C-568 de 2004

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Gilberto Toro Giraldo

Tema · dato duro
Transferencia De Recursos Del Sistema General De Participaciones. Toma De Referencia Para El Cálculo Del Presupuesto De Un Criterio Que No Es Constitucional
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Demanda De Inconstitucionalidad
  • Indicación precisa del objeto demandado
  • Concepto de violación
  • Requisitos mínimos
Libertad De Configuracion Legislativa En Sistema General De Participaciones
  • Amplio margen en regulación de forma de pago
  • Amplio margen para determinar el procedimiento de giro de recursos
  • Alcance respecto del establecimiento de distintos momentos para giro de recursos
  • Amplitud respecto del modo y el tiempo en que deben hacerse los giros
  • Establecimiento de momentos y plazos diferentes
Medio De Defensa Judicial O Administrativo
  • Controversia de situación fáctica y no propiamente la norma legal
Sistema General De Participaciones
  • Financiación de prestación de servicios en salud, educación y "propósito general" de entidades territoriales
  • Monto preciso a apropiar y girar
  • Inconstitucionalidad de enunciado sobre aforo hasta por el monto que se girará en la respectiva vigencia
  • Momento y plazo para la realización de giros
Transferencia De Recursos Del Sistema General De Participaciones
  • Base y criterios para el cálculo del nivel de los recursos no son discrecionales de las autoridades presupuestales
  • Estimación por el nivel de los giros que se realizan en la vigencia y no por el monto establecido en la Constitución
  • Valor de la transferencia que depende de lo aforado en la ley anual de presupuesto no implica una disminución del monto
  • Limitación de estimación presupuestal a límite máximo fijado en el monto de los giros de la respectiva vigencia y no en los parámetros constitucionales
  • Toma de referencia para el cálculo del presupuesto de un criterio que no es constitucional
Regimen De Transferencia A Las Entidades Territoriaes
  • Giros de participación de municipios en ingresos corrientes realizados por bimestre vencido
Regimen De Transferencia A Las Entidades Territoriales
  • Pagos laborales y prestación de servicios públicos no dependen del momento en que se giran los recursos de las transferencias
8 temas · 21 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 715 de 2001.

Arts. 17 53 64 y 81 (ps.).

Acto legislativo 01 de 2001.

Arts. 151 288 356 y 357.

Constitucion politica.

Prestacion servicios de educacion y salud.

Transferencia de recursos.

Apropiacion recursos del sistema general de participaciones

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 715/01. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 151Ley 715/01INEXEQUIBLE
Art. 151Acto_legislativo 01/01INEXEQUIBLE
Art. 151Acto_legislativo 01/01INEXEQUIBLE
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. Declarar EXEQUIBLES, por los cargos analizados, los siguientes articulos de la Ley 715 de 2001: (a) El articulo 17 en las partes que dicen "Sobre la base del 100% del aforo que aparezca en la ley anual de presupuesto se determinara el programa anual de caja, en el cual se estableceran los giros mensuales correspondientes a la participacion para educacion a los departamentos, distritos o municipios"; "los giros deberan efectuarse en los diez (10) primeros dias del mes siguiente al que corresponde la transferencia" y "para tal efecto se aforara la participacion para educacion del Sistema General de participaciones en la ley anual de presupuesto"; (b) el articulo 53 en la parte que dice "La apropiacion de los recursos del Sistema General de Participaciones para salud se hara sobre la base del 100% del aforo que aparezca en la Ley de Presupuesto" y "Los giros deberan efectuarse en los diez (10) primeros dias del mes siguiente al que corresponde la transferencia"; (c) el articulo 64 en las partes que dicen "Sobre la base del 100% del aforo que aparezca en la ley anual de presupuesto se determinara el programa anual de caja, en el cual se estableceran los giros mensuales correspondientes a la participacion para salud."; "Los giros deberan efectuarse en los diez (10) primeros dias del mes siguiente al que corresponde la transferencia" y "para tal efecto se aforara la participacion para salud del Sistema General de participaciones en la ley anual de presupuesto"; y (d) el articulo 81 en las partes que dicen "Sobre la base del 100% del aforo que aparezca en la ley anual de presupuesto se determinara el programa anual de caja, en el cual se estableceran los giros mensuales correspondientes a la participacion para proposito general a los distritos y municipios"; "Los giros deberan efectuarse en los diez (10) primeros dias del mes siguiente al que corresponde la transferencia" y "para tal efecto se aforara la participacion para proposito general del Sistema General de Participaciones en la ley anual de presupuesto".
  2. Segundo. Declarar INEXEQUIBLE la expresion "hasta por el monto que se girara en la respectiva vigencia" contenida en los articulos 17, 64 y 81 de la Ley 715 de 2001.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.