Micelio
Sentencia de Constitucionalidad10 de septiembre de 2019Sala Plena

C-416 de 2019

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Lukas Grande Jimenez·Demandado Ley 1564 De 2012

Tema · dato duro
Bienes Inembargables. Los Bienes Destinados Al Culto Religioso De Cualquier Confesión O Iglesia Que Haya Suscrito Concordato, Tratado Internacional O Convenio De Derecho Público Con El Estado Colombiano.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cosa Juzgada Constitucional
  • Criterios para determinar su existencia
  • Existencia
  • Fundamento
  • Modalidades
Norma Juridica
  • Exequibilidad
Libertad Religiosa
  • Deber de neutralidad del Estado
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Se configuró el fenómeno de la cosa juzgada constitucional
7 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el numeral 10 (parcial) del artículo 594 de la Ley 1564 de 2012, por la cual se expide el Código General del Proceso.

El demandante considera que la disposición cuestionada vulnera los artículos 1, 2, 4, 13, 18 y 19 de la Constitución.

Por comprobar la identidad formal en el objeto acusado, la identidad material en el cargo propuesto y la ausencia de variación del parámetro de validez constitucional, la Corte decidió ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-346/19 que declaró la exequibilidad condicionada de la expresión “que haya suscrito concordato o tratado de derecho internacional o convenio de derecho público con el Estado colombiano”, en el entendido de que todas las confesiones o iglesias que tengan personería jurídica y que cumplan con los requisitos legales, pueden acceder a la celebración de algunos de estos instrumentos en condiciones de igualdad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1564/12. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 594Ley 1564/12ESTARSE A LO RESUELTO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE:
  3. PRIMERO. ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-346 de 2019, que declaro la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA de la expresion "que haya suscrito concordato o tratado de derecho internacional o convenio de derecho publico con el Estado colombiano", contenida en el numeral 10 del articulo 594 de la Ley 1564 de 2012, en el entendido de que todas las confesiones e iglesias, que tengan personeria juridica y que cumplan con los requisitos legales, pueden acceder a la celebracion de alguno de estos instrumentos en condiciones de igualdad.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónDiana Constanza Fajardo Rivera
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.