C-469 de 2008
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Juan Manuel Ricardo Convers Ortega
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Abierto y en igualdad de condiciones para el ingreso a la función pública
- Posibilidad de nuevo pronunciamiento
- Concepto
- Configuración
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 588 de 2000 articulo 4 (parcial).
Se reglamenta el ejercicio de la actividad notarial.
Aspectos susceptibles de valoracion frente a la calificacion de los concursos.
Pruebas e instrumentos de selección.
Puntuacion establecida respecto de la prueba de experiencia.<br>para el actor, la disposicion acusada infringe los articulos 13, 40 y 131 superiores, pues a su juicio, se desconocen los parametros basicos constitucionales de objetividad, razonabilidad y proporcionalidad.
Lo anterior, en razon a que no encuentra justificacion alguna para que la experiencia tenga que ser diferenciada por via del puntaje, cuando los requisitos legales para ejercer el cargo de notario de los articulos 153 y 154 del decreto 960 de 1970 contemplan la diferenciacion a cabalidad, sometiendo a un requisito mas estricto para ser notario a quienes no han ocupado previamente el cargo con respecto a quienes si lo han ocupado, consistente en mayor tiempo de experiencia, en una proporcion de 2.5 años por 1.<br>cosa juzgada constitucional. <br>cabe aclarar que mediante la sentencia c-097 de 2001 se declararon exequibles, en lo acusado, los articulos 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 10 de la ley 588 de 2000, de manera que para esta corporacion, en el presente caso existe cosa juzgada constitucional absoluta.<br>estarse a lo resuelto en la sentencia c-097 de 2001, mediante la cual fue declarado exequible en lo acusado el articulo 4 de la ley 588 de 2000.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 588/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (25 puntos)
- ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-097 de 2001, mediante la cual fue declarado exequible en lo acusado el artículo 4º de la Ley 588 de 2000.
- HUMBERTO ANTONIO SIERRA PORTO
- Presidente
- AUSENTE EN COMISIÓN
- JAIME ARAÚJO RENTERÍA
- Magistrado
- CON SALVAMENTO DE VOTO
- MANUEL JOSÉ CEPEDA ESPINOSA
- Magistrado
- JAIME CÓRDOBA TRIVIÑO
- Magistrado
- CON ACLARACIÓN DE VOTO
- RODRIGO ESCOBAR GIL
- Magistrado
- AUSENTE CON EXCUSA
- MAURICIO GONZÁLEZ CUERVO
- Magistrado
- AUSENTE CON EXCUSA
- MARCO GERARDO MONROY CABRA
- Magistrado
- NILSON PINILLA PINILLA
- Magistrado
- CLARA INÉS VARGAS HERNÁNDEZ
- Magistrada
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA DE MONCALEANO
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.