C-492 de 2015
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Humberto De Jesus Longas Londoño Y Otro·Demandado Ley 1607 De 2012
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No establece prohibición alguna de gravar con impuestos las rentas salariales
- Decisión del Congreso de la República de gravar las rentas de trabajo, no vulnera per se los derechos fundamentales de los trabajadores ni implica una regresión en materia del derecho al trabajo en condiciones dign
- Conceptos que son susceptibles de disminuirse
- Contenido en ley 1607 de 2012
- Virtualidad de orientarse hacia gravar a los contribuyentes en consideración a su capacidad de sufragar la carga que se les impone, que es requisito de justicia
- Límites constitucionales
- Implicaciones
- Dimensión horizontal y vertical
- Aplicación en control constitucional de leyes tributarias
- Límite constitucional aplicable en el control abstracto y no solo es un estándar para enjuiciar en concreto los acuerdos a que lleguen los empleadores y empleados
- Límites a la potestad de configuración de ley tributaria
- Diferencia con el principio de equidad tributaria y de progresividad en derechos sociales
- Concepto y análisis no son asimilables a progresividad en materia tributaria
- Aplicación
- Cargo por el principio de irrenunciabilidad de los beneficios mínimos establecidos en normas l
- Derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas y límites constitucionales a la potestad d
- Falta de aptitud para fundamentar que sistemas resultan más gravosos al no estudiar en conjun
- Incumplimiento del test de procedibilidad frente a requisitos de certeza y suficiencia
- Acción pública debía demostrar y argumentar con mayor claridad y suficiencia en qué consistía
- Demanda pasa por alto que los sujetos pasivos del tributo son los trabajadores de mayores ingresos
- Demanda pasa por alto que no todos los trabajadores deben declarar y pagar el impuesto de renta
- Carencia de aptitud sustancial de la demanda
- Demanda cuestiona la base gravable de los sistemas IMAN e IMAS-PE, cuando se aplica a personas que derivan sus r
- Demanda pasa por alto que el sistema tributario se funda en los principios de equidad, eficiencia y progresivida
- No es posible hacer una equiparación entre los trabajadores, pues ello desconocería los principios de equidad y
- Corte Constitucional ha debido proferir decisión inhibitoria por carecer de soporte y no haber elaborado debate que
- Corte Constitucional ha debido proferir decisión inhibitoria por cuanto no se esbozaron argumentos claros, ciertos,
- Incumplimiento de carga mínima de argumentación exigible para demostrar que consagraban medida regresiva contraria
- Existió justificación suficiente de las disposiciones acusadas en cuanto pretenden con el nuevo método, un tributo
- Se debió acreditar carácter regresivo de medida objeto de control
- Modulación de efectos
- Debe aplicarse a magnitudes conformadas por la renta, la riqueza, la propiedad o el consumo (o la propensión al consumo) del contribuyente, en la medida en que son las realidades económicas y jurídicas reveladoras de la capacidad de pag
- Deber de contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad
- Configuración
- Implicaciones del mínimo vital
- Condiciones para desmontar o reducir una institución tributaria en sus alcances protectores de derechos sociales fundamentales
- Competencia para controlar normas demandadas que han sido derogadas durante el proceso de constitucionalidad en virtud del principio perpetuatio jurisdictionis
- Límite al poder fiscal
- Configuración legislativa
- Jurisprudencia constitucional
- Contenido
- Características
- No tiene un carácter absoluto
- Irrenunciabilidad
- No puede interpretarse en el sentido de prohibirle absolutamente al legislador la imposición de cargas dinerarias sobre trabajadores cuyas únicas rentas sean laborales
- Alcances
- Principios de progresividad y de equidad que lo rigen interpretados armónicamente con el derecho al mínimo vital en un Estado Social de Derecho
- Diferencias
- Sujetos
- Tarifas aplicables
- En virtud de la prohibición de regresión, debe permitir la sustracción de las rentas de trabajo exentas
- Aplicación a personas naturales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 3, 4 y 7 (parciales) y 10, 11, 13 y 14 (integrales) de la Ley 1607 de 2012, por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones.
Las acusaciones de la acción pública fueron sintetizados en dos cuestiones: la primera, si el Legislador vulneró el principio de irrenunciabilidad de los beneficios mínimos laborales, en tanto se decidió considerar como gravables por el impuesto sobre la renta los ingresos provenientes de beneficios laborales mínimos, como por ejemplo el salario y las prestaciones sociales.
La segunda, si más allá de lo anterior, el Congreso violó el derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas, con todas las exigencias de derechos humanos que esto implica, al considerar como gravables –en los sistemas IMAN e IMAS-PE-, las rentas laborales antes enunciadas como exentas.
La Corte concluyó, que la potestad del legislador para gravar las rentas de trabajo, con fundamento en el deber ciudadano de contribuir con el financiamiento de los gastos públicos en el marco del estado social de derecho, no tiene un carácter absoluto.
Determinó, en virtud de la prohibición de regresión, que el cálculo de la renta gravable alternativa para empleados, obtenida en virtud de los sistemas IMAN E IMAS-PE, debe permitir la sustracción de las rentas de trabajo exentas.
Se declaran EXEQUIBLES, por los cargos examinados, los artículos 3, 4 y 7 (parciales).
El artículo 10 también se declara EXEQUIBLE, pero condicionado.
Se precisa, que esta decisión empezará a regir a partir del período gravable siguiente al de este fallo y que se declara en el subsiguiente.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 624/89. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. Declarar EXEQUIBLES, por los cargos examinados, los articulos 3, 4 y 7 (parciales), de la Ley 1607 de 2012 "por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones".
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos examinados, el articulo 10 (integral) de la referida Ley, en concordancia con la reforma introducida por el articulo 33 de la Ley 1739 de 2014, en el entendido de que a partir del periodo gravable siguiente a aquel en que se expide este fallo, el calculo de la renta gravable alternativa para empleados, obtenida en virtud de los sistemas IMAN e IMAS-PE, debe permitir la sustraccion de las rentas de trabajo exentas, en los terminos previstos por el articulo 206-10, primera frase, del Estatuto Tributario, una vez se detraigan del valor total de los pagos laborales recibidos por el trabajador, los conceptos permitidos por el articulo 332 del Estatuto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.