C-333 de 2017
Ponente Iván Humberto Escrucería Mayolo
✓Demandante Dionisio Enrique Araujo Angulo·Demandado Ley 1780 De 2016, Articulo 3
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Facultad impositiva se enmarca dentro de la función del Estado de intervenir en la economía por medio de la ley
- Normas constitucionales para combatir dicho fenómeno y para acceder y fomentar el trabajo
- Valor, principio y derecho fundamental autónomo del Estado Social de Derecho
- Diferencia
- Medidas que por su naturaleza implican una excepción al principio de igualdad aunque no necesariamente significan su vulneración
- Definición soportada en principios de igualdad, solidaridad, dignidad humana y trabajo
- Configuración legislativa para garantizar el mínimo vital de personas desempleadas
- Jurisprudencia constitucional
- Límites constitucionales
- Creación, modificación y supresión de beneficios tributarios
- Mandatos constitucionales
- Contenido y alcance
- Hecho generador
- Elementos
- Sujeto pasivo
- Aplicación del principio de progresividad
- Diferencias conceptuales
- Jurisprudencia constitucional
- Finalidad
- Potestad de configuración legislativa
- Carácter de principio informador del Estado Social de Derecho
- Amplia facultad legislativa de configuración y fijación de elementos
- Contenido y alcance
- Finalidad
- Catalogados como taxativos, limitados, personales e intransferibles
- Deberes y obligaciones en materia de atención a personas desempleadas
- Límites
- Niveles de intensidad
- Exención del pago en matrícula mercantil y su renovación
- Envuelve el deber positivo de socorrer a quien se encuentra en una situación de necesidad con medidas humanitarias
- Naturaleza tributaria
- Límites
- Impone la protección de los derechos constitucionales desde una perspectiva fáctica
- Determinación está condicionada a los principios de reserva de ley y representación popular
- Características
- Intensidad baja
- Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 3º de la Ley 1780 de 2016, por medio de la cual se promueve el empleo y el emprendimiento juvenil, se generan medidas para superar barreras de acceso al mercado de trabajo y se dictan otras disposiciones.
La norma cuestionada crea un beneficio a favor de las pequeñas empresas jóvenes que inicien su actividad económica principal a partir de la promulgación de la misma, el cual consiste en eximirlas del pago de la matrícula y de su renovación en el primer año siguiente al inicio de la actividad económica principal.
El demandante planteó dos tipos de acusaciones.
Una por vicios de fondo y otra por vicios de procedimiento en la formación de la ley.
La Corte consideró que los cargos por vicios de procedimiento no cumplieron con las condiciones mínimas para emitir un pronunciamiento de fondo, en tanto el actor omitió los requisitos de especificidad, certeza y suficiencia.
Concluyó, que el beneficio fiscal otorgado por el Legislador a las personas y empresas jóvenes se enmarca dentro de la amplia potestad de configuración normativa en materia de exenciones tributarias, que en el caso de la norma demandada le permite al Estado garantizar a los jóvenes la igualdad real de oportunidades en materia laboral a través del comercio y la industria, sin que esto implique el desconocimiento del principio de igualdad tributaria.
EXEQUIBLE.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1780/16. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLE, por los cargos analizados, el articulo 3o de la Ley 1780 de 2016, "por medio de la cual se promueve el empleo y el emprendimiento juvenil, se generan medidas para superar barreras de acceso al mercado del trabajo y se dictan otras disposiciones".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.