Micelio
Sentencia de Constitucionalidad16 de julio de 2014Sala Plena

C-503 de 2014

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Giovanni Paulo Biassi Romero·Demandado Ley 1276 De 2009

Tema · dato duro
Criterios De Atencion Integral Del Adulto Mayor En Centros De Vida
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Ancianos Indigentes
  • Circunstancias para su identificación
Criterios De Atencion Integral Del Adulto Mayor En Centros De Vida
  • Exequibilidad del artículo 3 de la Ley 1276 de 2009
  • Inhibición para decidir de fondo, en relación con los artículos 1, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, y 13 de la Ley 1276 de 2009, por ineptitud sustantiva de demanda
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Aplicación del principio pro actione
  • Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
Estampilla
  • Corresponde al ámbito de las tasas
  • Doble carácter de tributo
  • Características
  • Definición
Mandato De Progresividad
  • Tipos de obligaciones para el Estado
Personas De La Tercera Edad
  • Protección constitucional
Principio De Progresividad
  • Reconocimiento en tratados internacionales de derechos humanos que hacen parte del bloque de constitucionalidad
Accion Publica De Inconstitucionalidad
  • Requisitos
  • Necesidad de un mínimo de argumentación
Adulto Mayor
  • Especial protección constitucional y legal para ancianos en estado de indigencia o de pobreza extrema
Medidas Regresivas
  • Escrutinio constitucional
Principio De Solidaridad Con Persona De La Tercera Edad
  • Protección constitucional especial
  • Responsabilidad del Estado, la sociedad y la familia
Porcentaje Para Financiacion De Centros De Vida Para Adulto Mayor
  • No vulneración del derecho a la igualdad
  • No vulneración del principio de progresividad
20 temas · 29 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra varios artículos de la Ley 1276 de 2009, a través de la cual se modifica la Ley 687 de 2001 y se establecen nuevos criterios de atención integral del adulto mayor en los centros vida.

El demandante señala que las normas acusadas establecen una medida regresiva que va en contravía del efectivo goce de los derechos de las personas de la tercera edad, lo cual implica una vulneración de los artículos 13 y 46 Superior.

La Corte señaló que la atención integral a la vejez no es un asunto exclusivo del ámbito doméstico, sino por el contrario un deber también a cargo del Estado, por lo que debe existir una política pública de cuidado de la ancianidad que garantice el goce efectivo de sus derechos, así como su integración a la sociedad.

La Sala consideró, contrario a lo señalado por el demandante, que la norma acusada no restringe sino que amplía la protección a las personas de la tercera edad y, por tanto, no puede predicarse su naturaleza progresiva.

La Sala se declara INHIBIDA para decidir de fondo en relación con los artículos 1, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13 por ineptitud sustantiva de la demanda y declara la EXEQUIBILIDAD del artículo 3 de la Ley 1276 de 2009, por los cargos estudiados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1276/09. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 1Ley 1276/09INHIBITORIO
Art. 10Ley 1276/09INHIBITORIO
Art. 11Ley 1276/09INHIBITORIO
Art. 12Ley 1276/09INHIBITORIO
Art. 13Ley 1276/09INHIBITORIO
Art. 3Ley 1276/09EXEQUIBLE
Art. 6Ley 1276/09INHIBITORIO
Art. 7Ley 1276/09INHIBITORIO
Art. 8Ley 1276/09INHIBITORIO
Art. 9Ley 1276/09INHIBITORIO
10 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para decidir de fondo, en relacion con los articulos 1, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13 de la Ley 1276 de 2009, por ineptitud sustantiva de la demanda.
  2. SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE el articulo 3 de la Ley 1276 de 2009, por los cargos estudiados en la presente providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.