C-259 de 2015
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Jorge Eduardo Zamora Acosta·Demandado Ley 1437 De 2011, Articulo 137 Parcial
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Jurisprudencia constitucional
- Exigencias para apartarse de la cosa juzgada
- Nulidad de los actos administrativos de carácter general
- Procedencia excepcional de acción de nulidad contra actos administrativos de contenido particular
- Configuración
- Efectos
- Requisitos
- Alcance
- Requisitos
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Requisitos mínimos
- Potestad para definir el alcance del artículo 137 del CPACA y considerar pertinente la positivización de la teoría de los móviles y las finalidades
- Contenido y alcance
- Definición
- Procedencia excepcional de pronunciamiento de fondo sobre norma declarada exequible
- Alcance
- Jurisprudencia constitucional
- Jurisprudencia del Consejo de Estado
- Naturaleza
- Alcance de la cosa juzgada material en la jurisprudencia constitucional
- Efecto inmediato
- Elementos para determinar si se incurre o no en la prohibición del artículo 243 de la Constitución Política
- Potestad de señalar efectos de sus propios fallos
- Valor jurídico dentro del juicio de inconstitucionalidad de las leyes
- Jurisprudencia Constitucional
- Alcances
- Criterios
- Jurisprudencia constitucional
- Jurisprudencia constitucional
- Jurisprudencia constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 137 (parcial) de la Ley 1437 de 2011, por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Considera el actor que los apartes normativos acusados, en cuanto establecen las reglas sobre procedencia excepcional de la acción de nulidad respecto de actos administrativos de contenido particular, contrarían el artículo 243 de la Constitución Política porque consagran y reproducen la doctrina de los móviles y las finalidades que la Corte Constitucional declaró inexequible mediante sentencia C-426/02, por restringir el derecho de acceder a la administración de justicia.
Al concluir que no existe la violación alegada, se declara la EXEQUIBILIDAD de las expresiones demandadas.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1437/11. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- DECLARAR EXEQUIBLES las expresiones acusadas del articulo 137 de la Ley 1437 de 2011, "Por la cual se expide el Codigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo", por el cargo analizado en esta sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.