C-420 de 2020
Ponente Richard Steve Ramírez Grisales
✓Demandante Revision De Constitucionalidad Del Decreto Legislativo 806/20
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Parámetros de validez constitucional
- Competencia del Legislador para la regulación
- Carácter reglado, excepcional y limitado
- Contenido
- Vigencia de las medidas adoptadas
- Cargas procesales impuestas a las partes
- Importancia
- Exequibilidad condicionada
- Finalidad
- Alcance
- Hace parte del núcleo esencial del debido proceso
- Medidas adoptadas en la administración de justicia
- Acciones adoptadas en el curso de la pandemia por Covid-19
- Presupuestos formales y materiales
- Juicio formal
- Juicio material
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revisión de constitucionalidad del Decreto Legislativo 806 de 2020, por el cual se adoptan medidas para implementar las tecnologías de la información y las comunicaciones en las actuaciones judiciales, agilizar los procesos judiciales y flexibilizar la atención a los usuarios del servicio de justicia, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.
La precitada norma previó dos clases de medidas.
Un primer grupo, relacionadas con las reglas y deberes procesales para la implementación de las TIC en el trámite de procesos judiciales.
El segundo grupo, disposiciones tendientes a lograr el efectivo uso dichas tecnologías y que agilizan el trámite de los procesos judiciales.
Luego de comprobar el cumplimiento de las exigencias formales y materiales requeridas para la expedición de este tipo de Decretos, la Corte decidió declararlo EXEQUIBLE todas las disposiciones contenidas en él, a excepción de su artículo 6º que lo declaró EXEQUIBLE CONDICIONADO, en el entendido de que, en el evento en que el demandante desconozca la dirección electrónica de los peritos, testigos o cualquier tercero que deba ser citado al proceso, podrá indicarlo así en la demanda sin que ello implique su inadmisión y, del inciso 3º del artículo 8 y el parágrafo del artículo 9, que también los CONDICIONA en el entendido de que, el término allí dispuesto empezará a contarse cuando el iniciador recepcione acuse de recibo o se pueda por otro medio constatar el acceso del destinatario al mensaje.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 806/20. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. RECHAZAR por improcedente la solicitud de suspension de terminos de este proceso por las razones expuestas en la parte motiva.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE de manera condicionada el articulo 6 del Decreto Legislativo 806 de 2020, en el entendido de que en el evento en que el demandante desconozca la direccion electronica de los peritos, testigos o cualquier
- tercero. que deba ser citado al proceso, podra indicarlo asi en la demanda sin que ello implique su inadmision.
- Tercero. Declarar EXEQUIBLE de manera condicionada el inciso 3 del articulo 8 y el paragrafo del articulo 9 del Decreto Legislativo 806 de 2020, en el entendido de que el termino alli dispuesto empezara a contarse cuando el iniciador recepcione acuse de recibo o se pueda por otro medio constatar el acceso del destinatario al mensaje.
- Cuarto. Declarar EXEQUIBLES las demas disposiciones del Decreto Legislativo 806 de 2020 "Por el cual se adoptan medidas para implementar las tecnologias de la informacion y las comunicaciones en las actuaciones judiciales, agilizar los procesos judiciales y flexibilizar la atencion a los usuarios del servicio de justicia, en el marco del Estado de Emergencia Economica, Social y Ecologica".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.