Micelio
Sentencia de Constitucionalidad12 de agosto de 2020Sala Plena

C-309 de 2020

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Revision De Constitucionalidad Del Decreto Legislativo 809/20

Tema · dato duro
Sostenibilidad Financiera Del Sector Electrico.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Control Constitucional De Decreto Legislativo De Estado De Emergencia Economica, Social Y Ecologica
  • Juicio de necesidad
  • Juicio de no contradicción específica
  • Juicio de no discriminación
  • Juicio de proporcionalidad
  • Juicio de conexidad material
  • Juicio de motivación suficiente
  • Juicio de incompatibilidad
  • Juicio de finalidad
  • Juicio de ausencia de arbitrariedad
  • Juicio de intangibilidad
Estados De Excepcion
  • Carácter reglado, excepcional y limitado
  • Control político y control jurídico
Decretos Expedidos Durante Estados De Excepcion
  • Sujetos a requisitos y limitaciones formales y materiales
  • Criterios y parámetros de control constitucional
Toma De Posesion
  • Medida de intervención extrema de la Superintendencia de Servicios Públicos
Constitucion Politica De 1991
  • Establece tres clases de estados de excepción
Estado De Emergencia Economica, Social Y Ecologica, O De Grave Calamidad Publica
  • Características
  • Competencias del Congreso de la República
13 temas · 27 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Control de Constitucionalidad del Decreto Legislativo 809 de 4 de junio de 2020, por el cual se autoriza al Fondo de Sostenibilidad Financiera del Sector Eléctrico (FONSE) a realizar operaciones de crédito público para garantizar los procesos de toma de posesión a cargo del Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios afectados por la emergencia sanitaria.

El precitado Decreto adopta tres medidas que persiguen financiar los esquemas de solución a largo plazo afectados por la emergencia y asegurar que las ESPD puedan continuar prestando los servicios domiciliarios a su cargo.

La Corte consideró que las precitadas medidas robustecen las fuentes de recursos mediante operaciones de crédito público inmediatas y temporales para financiar dichos esquemas y garantizar la continuidad en la prestación de los servicios para los hogares de las zonas en las que operan las empresas intervenidas, particularmente de las familias que se han visto especialmente afectadas en los estratos 1 y 2 y; garantizar la suficiencia en el servicio requerida para una exitosa reactivación económica en dichas regiones.

Lo anterior, sin afectar la solvencia del Fondo de Sostenibilidad Financiera del Sector Eléctrico (FONSE) ni del Fondo Empresarial, por tratarse de condiciones crediticias favorables para éstos dos Fondos.

Luego de concluir que la norma objeto de estudio cumple con las exigencias formales y materiales previstas en la Constitución, en la Ley Estatutaria de los Estados de Excepción y precisadas en la jurisprudencia para las medidas que puede adoptar el Gobierno Nacional para conjurar la crisis generada por la pandemia de COVID19 e impedir la extensión de sus efectos, la Sala Plena de la Corporación declaró su EXEQUIBILIDAD.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 809/20. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaDecreto 809/20EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. RESUELVE
  2. Declarar EXEQUIBLE el Decreto Legislativo 809 del 4 de junio de 2020 "[p]or el cual se autoriza al Fondo de Sostenibilidad Financiera del Sector Electrico (FONSE) a realizar operaciones de credito publico para garantizar los procesos de toma de posesion a cargo del Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Publicos Domiciliarios afectados por la emergencia sanitaria".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoCristina Pardo Schlesinger
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.