Micelio
Sentencia de Constitucionalidad15 de marzo de 2006Sala Plena

C-187 de 2006

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Tema · dato duro
Proyecto De Ley Estatutaria Sobre Habeas Corpus. Definición Del Hábeas Corpus Como Derecho Fundamental Y Como Acción Constitucional
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Clausula De Favorabilidad En Interpretacion De Derechos Humanos
  • Consagración en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Corte Suprema De Justicia
  • No conocimiento en primera instancia de la petición de habeas corpus
Debido Proceso Legal En Estados De Emergencia
  • No suspensión
  • Opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
Doctrina Y Jurisprudencia Internacional
  • Criterios auxiliares de interpretación
Fiscalia General De La Nacion
  • Incompetencia para conocer de la petición de habeas corpus
Habeas Corpus
  • Aplicación inmediata
  • Autoridad competente para resolver solicitud cuando actuación controvertida proviene de sala o sección de Corporación
  • Finalidad
  • Improcedencia de medidas restrictivas de la libertad mientras no se restauren las garantías quebrantadas
  • Improcedencia de recursos contra el auto que lo concede
  • Impugnación contra decisión adoptada por sala o sección de Corporación Judicial
  • Incompetencia de la Corte Constitucional para conocer de la acción de Hábeas Corpus y de la impugnación de las decisiones que se expidan en el curso de su trámite
  • Iniciación de investigaciones penales y disciplinarias
  • Sistema de turnos judiciales para la atención
  • Suspensión del término para decidir es inconstitucional
  • Posibilidad de invocarlo en todo tiempo
  • Competencia territorial
  • Contenido de la petición
  • Decreto de pruebas
  • Invocación “por una sola vez”
  • Antecedentes en Colombia
  • Antecedentes históricos
  • Carácter sumario de la acción
  • Casos en que procede
  • Competencia para resolver solicitud
  • Condiciones para que proceda
  • Derecho intangible que no puede ser limitado ni siquiera en estados de excepción
  • Derechos que garantiza
  • Entrevista con la persona privada de la libertad
  • Interposición ante corporación judicial y el carácter de juez individual de cada uno de sus integrantes
  • Invocación por terceros, Defensoría del Pueblo y Procuraduría General de la Nación
  • Legitimación
  • No exigencia de poder
  • Impedimento para resolver solicitud de quien conoció con antelación actuación judicial que la originó
  • Impugnación contra decisión adoptada por miembro de Corporación Judicial
  • Impugnación de la providencia que niega la libertad debe ser resuelta por superior funciona
  • Presentación de varias solicitudes por los mismos hechos
  • Presentación verbal de la solicitud
  • Privación de libertad por particulares
  • Prohibición de recusar a la autoridad judicial a quien corresponda su conocimiento
  • Protección integral de la persona privada de la libertad
  • Reparto inmediato
  • Suspensión del término para decidir
  • Trámite
Jueces De Paz
  • Incompetencia para conocer de la petición de hábeas corpus
Jurisdiccion Indigena
  • Incompetencia para conocer de la petición de habeas corpus
Responsabilidad Extracontractual Del Estado
  • Privación injusta de la libertad
Sala Jurisdiccional Disciplinaria Del Consejo Seccional De La Judicatura
  • Conocimiento en primera instancia de la petición de habeas corpus
Consejo De Estado
  • No conocimiento en primera instancia de la petición de habeas data
Bloque De Constitucionalidad
  • Finalidad de las disposiciones que lo integran
Habeas Corpus En Bloque De Constitucionalidad
  • Impugnación de la providencia que niega la libertad
Principio Pro Homine
  • Concepto
  • Consagración en la Convención Americana sobre Derechos Humanos
Proyecto De Ley Estatutaria Sobre Habeas Corpus
  • Definición del habeas corpus como derecho fundamental y como acción constitucional
  • Trámite
Proyecto De Ley Estatutaria
  • Aprobación requiere mayoría absoluta de los miembros de la Corporación
Reserva Judicial En Libertad Personal
  • Consagración constitucional
Sala Jurisdiccional Disciplinaria Del Consejo Superior De La Judicatura
  • No conocimiento en primera instancia de la petición de habeas corpus
Tribunal Administrativo
  • Conocimiento de primera instancia de la petición de habeas corpus
27 temas · 68 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Proyecto de ley estatutaria no. 284/05 senado y no. 229/04 camara.

"por medio de la cual se reglamenta el articulo 30 de la constitucion politica".

Habeas corpus.

Antecedentes historicos del habeas corpus.

El habeas corpus en las instituciones colombianas.

El habeas corpus es un derecho intangible y de aplicacion inmediata que no puede ser limitado ni siquiera en estados de excepcion.

El habeas corpus como instrumento de proteccion integral de la persona privada de la libertad.

El principio de reserva judicial para la privacion de la libertad.

Revision formal del proyecto de ley estatutaria y analisis de su articulado.

El proyecto fue aprobado en una sola legislatura cumpliéndose lo dispuesto en el articulo 153 de la carta politica.

Habeas corpus como derecho fundamental y accion constitucional.

Procedencia del habeas corpus.

Principio pro homine.

Competencia de las corporaciones judiciales y carácter de juez individual de cada uno de sus integrantes.

Exequible e inexequible

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1095/06. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 2Ley 1095/06INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«" Empero, si la actuación controvertida proviene de una sala o sección de una Corporación la petición de hábeas corpus se incoará ante otra sala o sección de la misma Corporación»
Art. 3Ley 1095/06INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«numeral 4 inciso 2»
Art. 7Ley 1095/06INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«numeral 3 y numeral 4»
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (10 puntos)
  1. Primero. Declarar EXEQUIBLE, por carecer de vicios de procedimiento, el Proyecto de Ley Estatutaria No. 284 de 2005 Senado y No. 229 de 2004 Camara, "por medio de la cual se reglamenta el articulo 30 de la Constitucion Politica".
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLE el articulo 1o. del proyecto de ley estatutaria No. 284/05 Senado y No. 229/04 Camara, "Por medio de la cual se reglamenta el articulo 30 de la Constitucion Politica, bajo el entendido de que la expresion "por una sola vez" contenida en su texto, significa que el habeas corpus se podra invocar o ejercer por una sola vez respecto de cada hecho o actuacion constitutiva de violacion de los derechos protegidos mediante el articulo 30 superior.
  3. Tercero. Declarar INEXEQUIBLE la expresion "Empero, si la actuacion controvertida proviene de una sala o seccion de una Corporacion la peticion de habeas corpus se incoara ante otra sala o seccion de la misma Corporacion", contenida en el numeral 2 del articulo 2o. del proyecto de ley estatutaria No. 284/05 Senado y No. 229/04 Camara, "Por medio de la cual se reglamenta el articulo 30 de la Constitucion Politica y EXEQUIBLE el resto de la misma disposicion.
  4. Cuarto. Declarar INEXEQUIBLE el inciso
  5. segundo. del numeral 4 del articulo 3o. del proyecto de ley estatutaria No. 284/05 Senado y No. 229/04 Camara, "Por medio de la cual se reglamenta el articulo 30 de la Constitucion Politica" y EXEQUIBLE el resto de la misma disposicion.
  6. Quinto. Declarar EXEQUIBLES los articulos 4o., 5o. y 6o. del proyecto de ley estatutaria No. 284/05 Senado y No. 229/04 Camara, "Por medio de la cual se reglamenta el articulo 30 de la Constitucion Politica".
  7. Sexto. Declarar INEXEQUIBLES los numerales 3 y 4 del articulo 7o. del proyecto de ley estatutaria No. 284/05 Senado y No. 229/04 Camara, "Por medio de la cual se reglamenta el articulo 30 de la Constitucion Politica y EXEQUIBLE el resto de la misma disposicion.
  8. Septimo. Declarar EXEQUIBLE el articulo 8o. del proyecto de ley estatutaria No. 284/05 Senado y No. 229/04 Camara, "Por medio de la cual se reglamenta el articulo 30 de la Constitucion Politica", en el entendido de que la expresion "capturado" contenida en el mismo, es extensible a las demas situaciones, entre ellas, las de personas detenidas, procesadas o condenadas, en relacion con las cuales haya prosperado una peticion de habeas corpus.
  9. Octavo. Declarar EXEQUIBLES los articulos 9o y 10o. del proyecto de ley estatutaria No. 284/05 Senado y No. 229/04 Camara, "Por medio de la cual se reglamenta el articulo 30 de la Constitucion Politica".
  10. Noveno. ENVIAR copia autentica de esta sentencia a los Presidentes del Senado de la Republica y de la Camara de Representantes para su conocimiento, y con el fin de que remitan al Senor Presidente de la Republica el texto del proyecto de ley, para los efectos del correspondiente tramite constitucional.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.