C-730 de 2005
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Diana Marcela Bustamante Arango
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Aplicación de interpretación sistemática
- Indeterminación de las expresiones "motivos fundados" y "motivos razonables"
- Régimen de protección mucho más preciso en la Constitución de 1991 que en la Constitución anterior
- Condiciones en las cuales limitación debe darse
- Protección constitucional
- Garante de la protección judicial de la libertad y de los derechos fundamentales de quienes participan en el proceso penal
- Función
- Concepto
- No autonomía normativa
- Autonomía normativa
- Mandamiento escrito de autoridad judicial competente
- Comunicación verbal de la autorización judicial
- Excepción a la necesidad de mandamiento escrito de autoridad judicial
- Mandamiento escrito de autoridad judicial competente
- Motivos
- Deber de poner al capturado a disposición del juez inmediatamente
- Condiciones para la procedencia en nuevo procedimiento penal
- Eficacia en la tarea de persecución penal
- Función en nuevo sistema penal
- Posibilidad excepcional de ordenar capturas
- Observancia de criterios de razonabilidad y proporcionalidad
- Finalidades, límites y condiciones de la restricción en el nuevo sistema penal
- Alcance
- Sistema penal acusatorio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 906 de 2004 articulo 2 (parcial).
Se expide el codigo de procedimiento penal.
Libertad.
La demandante afirma que se vulnera el articulo 28 de la constitución según el cual nadie puede ser detenido sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad judicial competente.
El articulo 28 superior y la protección constitucional de la libertad personal.
El principio de legalidad se convierte en una garantia insustituible para la libertad individual pues esta solo podra ser afectada por los motivos previamente definidos en la ley y conforme a un procedimiento establecido en ella.
La protección judicial de la libertad tiene un doble contenido pues no solamente sera necesario mandamiento escrito de autoridad judicial competente sino que además se le haya detenido previamente en virtud de dicho mandamiento.
La unica excepción a la necesidad de mandamiento judicial escrito fue establecido al regularse el caso de flagrancia.
Funcion que cumple la fiscalia general de la nación en el nuevo sistema penal y el alcance del mandato contenido en el articulo 250-1 en cuanto a competencia excepcional de la misma para ordenar capturas.
El articulo 2 de la ley 906 de 2004 en el titulo preliminar sobre principios rectores y garantias procesales del codigo de procedimiento penal y para evitar cualquier confusion o interpretación posible en el sentido de no ponerse el detenido en flagrancia inmediatamente a disposicion del juez de control de garantias la corte declarara igualmente la inexequibilidad de las expresiones "en las capturas en flagrancia".
Inexequibles
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 906/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar INEXEQUIBLES las expresiones "En las capturas en flagrancia y en aquellas en donde la Fiscalia General de la Nacion, existiendo motivos fundados, razonablemente carezca de la oportunidad de solicitar el mandamiento escrito", contenidas en el inciso final del articulo 2o de la Ley 906 de 2004
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.