C-879 de 2011
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Marco Antonio Velasquez·Demandado Ley 48 De 1993 (Articulo 14)
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Implicaciones
- Ámbito de aplicación
- Criterios de diferenciación
- Características
- Naturaleza
- Concepto
- Puede ser objeto de las limitaciones que establezca la ley
- Condición necesaria para el ejercicio de los demás derechos y libertades
- Contenido y alcance
- Constituye un presupuesto fundamental para la eficacia de los demás derechos y el instrumento primario del ser humano para vivir en sociedad
- Reservas legales que señala la Constitución Política
- Triple carácter
- Alcance de la expresión “compeler”
- Inscripción
- Etapas para definir la situación militar
- Jurisprudencia constitucional
- Contenido normativo
- Conducción es adicional a la multa
- Concepto
- Excepciones que señala la Constitución Política cuando se trata de medidas que afecten la libertad personal o física
- Eventos en que procede
- Implica una restricción momentánea de sus libertades
- Criterios de interpretación jurisprudencial
- Pueden ser objeto de restricciones mientras resulten proporcionales
- Finalidad
- No pueden consistir en retenciones arbitrarias que vulneren la libertad personal o la reserva judicial
- Definición
- Definición
- Excepción a la reserva judicial exigida por la Constitución
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 14 de la Ley 48 de 1993.
El actor aduce que la norma acusada, en la práctica, autoriza a las autoridades militares a retener a los ciudadanos mayores de edad que no hayan definido su situación militar.
A su juicio, la situación planteada vulnera el derecho fundamental a la libertad de locomoción y el de la libertad personal, al otorgar justificación jurídica a detenciones arbitrarias realizadas por los miembros de las fuerzas militares, sin mandamiento escrito de autoridad judicial competente.
La Corte encontró que las medidas autorizadas para compeler a quien no ha cumplido con la obligación de inscribirse para definir su situación militar, no pueden consistir en retenciones arbitrarias que vulneren la libertad personal o la reserva judicial.
EXEQUIBLES el artículo 14 y el literal g del articulo 41 de la ley 48 de 1993, que reglamenta el servicio de reclutamiento y movilización.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 48/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. Declarar EXEQUIBLE la expresión "Cuando se llegue a la mayoría de edad sin haberse dado cumplimiento a esta obligación, la autoridad podrá compelerlo sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que se establecen en la presente Ley", contenida en el artículo 14 de la Ley 48 de 1993 en los términos fijados en el punto N° 6 de la parte motiva de esta providencia.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE el inciso
- segundo. del literal g del artículo 41 de la Ley 48 de 1993 en los términos fijados en la parte motiva de esta providencia.
- Có
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.