Micelio
Sentencia de Constitucionalidad14 de octubre de 2009Sala Plena

C-729 de 2009

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Luis Eliecer Bolivar Espitia·Demandado Ley 6 De 1991 Artículo 4

Tema · dato duro
Cosa Juzgada En Anestesiologia. Requisito Para Su Ejercicio
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

9 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 6 de 1991, artículo 4 “por la cual se reglamenta la especialidad médica de anestesiología y se dictan otras disposiciones”, la norma demandada regula quien podrá ejercer como profesional de anestesiología, el actor considera que se esta vulnerando el principio de eficiencia, al establecer que únicamente podrá ejercer como profesional de anestesiología el médico que haya realizo su entrenamiento en posgrado en facultades legalmente reconocidas, ya que los médicos generales están capacitados para aplicar anestesias locales menores y sedaciones, el segundo cargo formulado consiste en que la norma demandada establece una restricción irrazonable y desproporcionada a libertad económica, ya que se genera un monopolio a favor de los especialistas en anestesiología, en el tercer cargo formulado considera vulnerado el artículo 334, por desconocer el mandato constitucional según el cual el Estado intervendrá en la economía para garantizar el pleno empleo de los recursos humanos, por último comenta que existen dos normas que regulan el mismo tema, y se refiere a la Ley 1164 de 2007.

La Corte encuentra que frente a los cargos formulados existe el fenómeno de cosa juzgada ya que los mismos cargos fueron planteados y resueltos en la sentencia C-280 de 1995, por lo tanto se decide estarse a lo resuelto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 6/91. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 4Ley 6/91ESTARSE A LO RESUELTO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-280 de 1995, que declaro exequible el articulo 4o de la Ley 6a de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.