Micelio
Sentencia de Constitucionalidad10 de abril de 2019Sala Plena

C-166 de 2019

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Hector Vargas Pereira Y Otro·Demandado Ley 906 De 2004

Tema · dato duro
Omisión Legislativa Relativa Al No Incluir A Las Víctimas Entre Quienes Pueden Solicitar El Cambio De Radicación Antes De Iniciarse La Audiencia Del Juicio Oral.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 47 (parcial) de la Ley 906 de 2004, por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal.

Los demandantes consideran que la disposición acusada vulnera el Preámbulo y los artículos 1, 2, 5, 13, 29, 86, 87, 88, 93, 94, 215-2, 228 y 229 Superiores, en consonancia con los artículos 8º de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

A juicio de ellos, la expresión “… las partes o el Ministerio Público” omite a las víctimas como legitimadas para solicitar de manera directa ante el Juez de Garantías el cambio de radicación, aun cuando dicha medida está consagrada para la protección de sus derechos.

Luego de verificar que en el presente caso se configura el efecto de la cosa juzgada constitucional, la Corte decidió ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-031/18, mediante la cual se declaró la exequibilidad condicionada del texto acusado en esta oportunidad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 906/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 47Ley 906/04ESTARSE A LO RESUELTO
Art. 71Ley 1453/11EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. LEVANTAR LA SUSPENSIÓN de términos decretada dentro del presente proceso mediante el Auto 305 de 21 de junio de 2017.
  2. Segundo. ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-031 de 2018, mediante la cual se declaró exequible la expresión "las partes o el Ministerio Público", contenida en el artículo 47 de la Ley 906 de 2004, modificado por el artículo 71 de la Ley 1453 de 2011, "en el entendido de que las víctimas también pueden solicitar directamente el cambio de radicación".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.