C-1062 de 2008
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Dora Mariño Flórez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Asignación de funciones relacionadas con el servicio domiciliario de gas licuado en ley del plan nacional de desarrollo no vulnera principio de unidad de materia
- Ineptitud sustantiva de la demanda por presunta violación de los principios de igualdad y solidaridad y el derecho de propiedad
- Ley de iniciativa gubernamental
- Modificaciones que requiere aval del gobierno
- Parámetros normativos
- Reglas sobre presentación, debate e introducción de modificaciones al proyecto de ley
- Trámite de aprobación
- Finalidad
- Vulneración impone traslado a la comisión constitucional permanente para que agote el trámite ordinario desde el primer debate
- Concepto
- Alcance
- Relación de conexidad directa e inmediata de disposiciones instrumentales
- Verificación de su cumplimiento mediante aplicación de criterio rígido
- Concreta el principio democrático en el proceso legislativo
- Finalidad
- Norma relacionada con el servicio domiciliario de gas licuado de petróleo corresponde a ley ordinaria
- Aplicación de criterio flexible desnaturaliza la función y contenido de la Ley del Plan de Desarrollo
- Aplicación de criterio flexible permite la inclusión de toda clase de normas en la Ley del Plan
- Conexidad directa e inmediata entre las normas instrumentales y la parte general del plan de desarrollo
- Enfatiza el concepto de planeación y medidas planificadoras
- Justificación de la aplicación de un criterio rígido para su verificación
- Vulneración por inclusión de disposiciones relativas a la regulación del servicio domiciliario de gas y el esquema de responsabilidad del gas licuado que no guardan conexidad
- No vulneración por modificación en segundo debate de norma relacionada con el servicio domiciliario de gas licuado de petróleo, por no implicar rompim
- Distinción
- Competencia del Congreso para imponerla y suprimirla
- Incompetencia sobre validez de actos administrativos
- Constituye una contribución parafiscal
- Exclusiva del Presidente de la República
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 1151 de 2007 "por la cual se expide el plan nacional de desarrollo", artículo 62. <br>en criterio de la accionante, la norma accionada desconoce los artículos 13, 58, 154, 158 y 341 superiores así como los artículo 3 y 22 de la ley 152 de 1994. <br>grosso modo, se arguyó que con la expedición de la norma de la referencia se incurrió en violación del principio de identidad legislativa, pues el texto final no guarda correspondencia con la propuesta inicial del gobierno nacional.
Paralelamente, se alegó la violación del principio de unidad de materia con la regulación de asuntos atinentes al servicio público domiciliario de gas licuado de petróleo, que en su sentir, no tendrían relación temática con la ley 1151 de 2007. <br>significado de los principios de identidad legislativa y unidad de materia en la aprobación de la ley del plan nacional de desarrollo. <br>inicialmente, se reafirmó la admisibilidad de la inclusión de modificaciones y artículos nuevos al proyecto de ley del plan nacional de desarrollo durante el segundo debate, de no afectarse la esencia del mismo. <br>en ese orden de ideas, se determinó que, si bien el texto que analiza, en relación con el original, presenta ciertas alteraciones, éstas no son discordantes con la temática adoptada en el mismo.
Es decir, no hubo rompimiento de la unidad temática. <br>en relación con la acusación centrada en la falta de aval del gobierno a las propuestas introducidas por el congreso al texto inicial del plan de inversiones públicas, se recordó que, de acuredo con reciente jurisprudencial de esta corporación, no siempre en estos eventos es indispensable la aprobación del gobierno.
El único limitante al respecto está dado por el mantenimiento del equilibrio financiero calculado por el gobierno nacional. <br>se encontró, entonces, que las modificaciones introducidas por las cámaras al texto de la ley del plan no requerían el aval de gobierno nacional, pues tales variaciones no afectaron el equilibrio financiero. <br>así, la corte se declaró inhibida para emitir prounuciamiento contra el artículo 62 de la ley de la referencia por la supuesta violación del derecho de propiedad y los principios de igualdad y solidaridad.
Y se decidió la exequibilidad dell mismo en relación con los cargos analizados. <br>
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1151/07. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. INHIBIRSE para fallar sobre los cargos contra el articulo 62 de la Ley 1151 de 2007, atinentes a la presunta violacion de los principios de igualdad y solidaridad y derecho de propiedad, por ineptitud sustantiva de la demanda.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE el articulo 62 de la Ley 1151 de 2007, por los cargos analizados, referentes a la presunta violacion de los principios de identidad legislativa y unidad de materia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.