SALVAMENTO DE VOTO A LA SENTENCIA C-1062 DE 2008 DEL MAGISTRADO JAIME ARAÚJO RENTERÍAPOTESTAD REGLAMENTARIA-Exclusiva del Presidente de la República (Salvamento de voto)LEY DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2006-2010-Norma relacionada con el servicio domiciliario de gas licuado de petróleo corresponde a ley ordinaria (Salvamento de voto)PRINCIPIO DE IDENTIDAD LEGISLATIVA EN NORMA DE LEY DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2006-2010-Vulneración (Salvamento de voto)Referencia: expediente D-7223Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 62 de la Ley 1151 de 2007, “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2006 – 2010”.Magistrado Ponente: Nilson Pinilla PinillaCon el debido respeto por las decisiones de la Corte Constitucional, me permito salvar el voto por las razones que expongo a continuación:Considero que la potestad reglamentaria de la ley es exclusiva del Presidente de la República. Las Comisiones de Regulación de los Servicios Públicos Domiciliarios no son entidades de creación constitucional a las que se le haya asignado tal facultad, ni siquiera disminuida, pues las regulaciones a su cargo siempre están sometidas a la ley. Adicionalmente, la Ley del Plan de Desarrollo no puede contener disposiciones como el artículo 62, que se refiere a cuestiones específicas de regulación de tarifas relacionadas con el costo de reposición y mantenimiento de cilindros de gas licuado que corresponden a una ley ordinaria. Además de que se modifica un tributo anterior, se crea otro y se traslada a los consumidores. A mi juicio se viola el principio de identidad legislativa, pues la norma aprobada difiere sustancialmente de la contenida en el proyecto inicial.Con fundamento en lo anterior salvo mi voto a la presente sentencia.Fecha ut supra.JAIME ARAÚJO RENTERÍA Magistrado
Salvamento de voto
MagistradoJaime Araujo Rentería
Tema de la sentencia: Principios De Identidad Legislativa Y Unidad De Materia En Ley Del Plan Nacional De Desarrollo-No Vulneración Por Modificación En Segundo Debate De Norma Relacionada Con El Servicio Domiciliario De Gas Licuado De Petróleo, Por No Implicar Rompimiento De Identidad Temática Ni Requerir Aval Gubernamental
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Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado