C-041 de 2015
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Alberto Botero Castro·Demandado Decreto 1736 De 2012, Articulo 6
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Asuntos objeto de control
- Decreto 1736 de 2012 tuvo por objeto precisar que recurso extraordinario de casación no procede contra acciones populares
- Jurisprudencia constitucional sobre competencia
- Sería un contrasentido declarar la competencia para conocer demandas de inconstitucionalidad cuando existe integración normativa
- Competencia para conocer demandas de inconstitucionalidad a la luz del artículo 45 de la Ley 4 de 1913
- Debió abordar el fondo de los cargos presentados y no declararse inhibida en materia de norma sobre corrección de yerros contenidos en decreto ley
- Competencia excepcional para adelantar juicio de constitucionalidad sobre decretos que expide el Presidente corrigiendo yerros legislativos y que terminan introduciendo modificaciones, supresiones o adiciones que varían sustancialment
- Conocimiento directo del conflicto de competencia para garantizar la protección de los derechos fundamentales
- Guarda de la integridad y supremacía de la Constitución
- Jurisprudencia constitucional sobre competencia
- Pueden ser objeto de control por parte de la Corte, cuando se aduce una usurpación de las funciones legislativas del Gobierno Nacional y, en consecuencia, una extralimitación de
- Corte Constitucional era competente para emitir un pronunciamiento de fondo
- Corte Constitucional evadió un problema jurídico de trascendencia constitucional sobre usurpación de funciones legislativas por Presidente de la República
- Debió ser estudiada de fondo, con el propósito de reafirmar la competencia excepcional o atípica de la Corte
- Decisión inhibitoria no constituye declaración de incompetencia
- Es posible llevar a cabo una integración normativa debido al vínculo inescindible que existe entre el decreto ejecutivo demandado y la Ley que fue sustancialmente modificada, situación
- Existen dudas en cuanto a que fuera voluntad del legislador excluir de la cuantía del interés para recurrir a las sentencias proferidas en el marco de acciones populares
- Integración de unidad normativa
- No es posible emprender examen si no ha sido demandada también la ley
- Competencia de la Corte Constitucional
- Competencia excepcional de la Corte Constitucional para controlar material o procedimentalmente este tipo de actos
- Competencia exclusiva del juez contencioso
- Decisión inhibitoria desconoce jurisprudencia sobre competencia para examinar constitucionalidad de decretos expedidos por Presidente de la República
- Inhibida para decidir por falta de competencia, al no haberse demandado también la ley que con él se pretendía corregir
- Incompatibilidad de la facultad establecida en el artículo 189-10 de la Constitución Política, con que el Presidente proceda a excluir las acciones populares del artículo 338 del Códig
- Jurisprudencia constitucional
- Traería como consecuencia la posibilidad de que se pudiesen presentar recursos de casación en el marco de acciones populares
- Causales de procedencia de integración oficiosa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 6º del Decreto 1736 de 2012, por el que se corrigen unos yerros de la Ley 1564 de 2012, por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones.
A juicio de la actora, la disposición demandada vulnera los artículos 150 numerales 1 y 2; 165, 166, 189 numeral 10 y 200 numeral 1º de la Constitución Política.
La Corte se declaró INHIBIDA para decidir sobre una demanda dirigida contra un decreto de corrección de yerros, por falta de competencia, al no haberse demandado también, la ley que con él se pretendía corregir.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1564/12. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE:
- INHIBIRSE de emitir un pronunciamiento de fondo sobre la demanda dirigida contra el artículo 6 del Decreto 1736 de 2012 "por el cual se corrigen unos yerros en la Ley 1564 del 12 de julio de 2012 "por medio de la cual se expide el Código general del Proceso y se dictan otras disposiciones"".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.