Micelio
Sentencia de Tutela17 de noviembre de 2008

T-908 de 2008

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Hernando Pulecio Arteaga Y Pedro Jose Patiño Cuellar·Demandado Sala De Casacion Laboral De La Corte Suprema De Justicia Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Indexacion De La Primera Mesada Pensional
  • Reconocimiento a través de tutela
  • Reiteración de jurisprudencia
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la indexacion de la primera mesada pensional y a mantener el poder adquisitivo de la mesada pensional de ciudadanos a quienes les fueron negadas sendas pretensiones en ese sentido, en tramites fallados por las autoridades judiciales demandadas. <br>accion de tutela contra decisiones judiciales.

Supuestos excepcionales de procedibilidad. <br>en especial, en relacion con las solicitudes de indexacion de la mesada pensional, se ha erigido como condiciones especiales para su conducencia en esta sede, las siguientes: <br>1) que la persona interesada haya adquirido la calidad de pensionada; 2) que haya agotado la via gubernativa; 3) que haya acudido oportunamente a la jurisdiccion ordinaria y 4) que acredite las condiciones materiales que justifican la proteccion por via de tutela, esto es, pertenecer a la tercera edad y ver sus derechos fundamentales violentados. <br>tales requerimientos fueron acreditados a cabalidad por los actores, asi que el amparo resultaba procedente. <br>se dispuso dejar sin efectos las providencias emitidas por las accionadas en relacion con las solicitudes de indexacion de la mesada pensional de los actores, y la provision de las mismas de parte de las empresas encargadas de ello. <br>concedidas. <br>

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (11 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia de tutela proferida el 8 de febrero de 2008 por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, que revoco la dictada por la Seccional Cundinamarca el 4 de diciembre de 2007 y, en su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos a la indexacion de la primera mesada pensional y a mantener el poder adquisitivo de sus mesadas pensionales al senor Hernando Pulecio Arteaga, en la accion de tutela Ndeg 1877573, instaurada contra la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota y el Juzgado
  2. Primero. de Descongestion del Juzgado 10deg Laboral del Circuito de esta misma ciudad.
  3. Segundo. En el proceso ordinario laboral promovido por el senor Hernando Pulecio Arteaga contra el Banco Cafetero -Bancafe-, DEJAR SIN EFECTOS las sentencias de marzo 31 de 2005, dictada por el Juzgado
  4. Primero. de Descongestion del Juzgado 10deg Laboral del Circuito de Bogota; mayo 31 de 2005, dictada por la Sala Laboral del Tribunal Superior de la misma ciudad; y junio 29 de 2006, proferida por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia.
  5. Tercero. ORDENAR al Banco Cafetero, en liquidacion, en el caso del senor Hernando Pulecio Arteaga, que en el termino de diez (10) dias habiles siguientes a la notificacion de la presente sentencia, indexe su primera mesada pensional, desde la fecha en que dejo de trabajar en esa institucion hasta el dia en que causo su derecho a la pension, de acuerdo con el indice de precios al consumidor y pagandole actualizados los montos adeudados no prescritos.
  6. Cuarto. REVOCAR la sentencia de tutela proferida el 8 de mayo de 2008 por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, que confirmo la dictada por la Sala de Casacion Laboral de la misma corporacion el 22 de enero del mismo ano y, en su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos a la indexacion de la primera mesada pensional y a mantener el poder adquisitivo de sus mesadas pensionales al senor Pedro Jose Patino Cuellar, en la accion de tutela Ndeg 1922174, instaurada contra la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota y el Juzgado
  7. Septimo. Laboral del Circuito de esa misma ciudad.
  8. Quinto. En los procesos promovidos por el senor Pedro Jose Patino Cuellar contra la Caja de Credito Agrario Industrial y Minero -Caja Agraria-, DEJAR SIN EFECTOS las siguientes providencias: sentencia del 5 de septiembre de 2000, dictada por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogota que revoco la dictada el 29 de junio por el Juzgado 17 Laboral del Circuito; auto del 8 de marzo de 2007 dictado por el Juzgado
  9. Septimo. Laboral del Circuito de Bogota y sentencia del 14 de septiembre de 2007, dictada por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de esa misma ciudad.
  10. Sexto. ORDENAR a la Caja de Credito Agrario, Industrial y Minero, en liquidacion, en el caso del senor Pedro Jose Patino Cuellar, que en el termino de diez (10) dias habiles siguientes a la notificacion de la presente sentencia, indexe su primera mesada pensional, desde la fecha en que dejo de trabajar en esa institucion hasta el dia en que causo su derecho a la pension, de acuerdo con el indice de precios al consumidor y pagandole actualizados los montos adeudados no prescritos.
  11. Septimo. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.