Micelio
Sentencia de Tutela24 de enero de 2008

T-046 de 2008

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Fernando Gonzalez Trivicolt·Demandado Ministerio De Hacienda Y Otro.

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Pension Sancion
  • Indexación de la primera mesada pensional
  • Ley 171 de 1961 art. 8 sigue produciendo efectos en el caso sub judice
Accion De Tutela Para Indexacion De La Primera Mesada Pensional
  • Reiteración de jurisprudencia sobre requisitos y condiciones necesarias para su procedencia
Acción De Tutela
  • Solicitud de inclusión en nómina de pensionados, indexación de la primera mesada y determinación de la responsabilidad sobre si el pago de la mesada pensional le corresponde a Álcalis o al Ministerio de Hacienda
  • Vinculación del IFI en liquidación por ser la entidad responsable de los recursos para el pago de la pensión al actor
Derecho Al Minimo Vital Del Pensionado
  • Inclusión en nómina y pago oportuno de mesadas pensionales
  • Presunción de afectación por ausencia prolongada en pago de mesadas
Indexacion De La Primera Mesada Pensional
  • Agotamiento del recurso de casación no pudo realizarse por haber caducado cuando se consolidó la evolución jurisprudencial sobre el tema
Ministerio De Hacienda
  • Solicitud de nulidad de la sentencia de primera instancia
9 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la seguridad social y al minimo vital de persona que solicito mediante proceso laboral el reconocimiento y pago de la pension sancion asi como la indexacion de la primera mesada pensional.

En cuanto a la primera pretension, esta fue concedida.

No obstante, frente a la solicitud de indexacion, la autoridad judicial no se pronuncio.<br>solicita se le ordene la indexacion de su primera mesada pensional, su inclusion en nomina y el pago de cotizaciones ante el iss ordenadas en sentencia laboral.<br>el pago oportuno de las mesadas pensionales.

El derecho a la inclusion en nomina cuando se trata de pensiones reconocidas y la procedencia de la accion de tutela para los anteriores efectos.

Reiteracion de jurisprudencia.

El derecho fundamental a la indexacion de la primera mesada pensional y la procedencia de la accion de tutela para lograr esa pretension.

La procedencia y la procedibilidad de la presente accion de tutela respecto de la pretension de indexacion de la primera mesada pensional en el caso concreto.<br>la corte considera que en el caso concreto se cumplen los requisitos establecidos en la jurisprudencia constitucional para la procedencia excepcional de la accion de tutela frente a la pretension de indexacion de las mesada pensional.<br>concedida.

Se modifica el fallo objeto de estudio, en el snetido de señalar que, a partir de la fecha de expedicion de la sentencia c-891a de 2006, las mesadas pensionales deben liquidarse teniendo en cuenta el indice de variacion de precios al consumidor ipc.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR la Sentencia proferida el quince (15) de agosto de dos mil siete (2007) por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, en cuanto (i) ordeno a Alcalis de Colombia Limitada, en liquidacion incluir en su nomina de pensionados al senor Fernando Gonzalez Trivicolt, (ii) cancelarle las mesadas pensionales adeudadas desde noviembre de 2006 hasta la fecha de ese fallo, con los incrementos de ley, (iii) efectuar las cotizaciones al ISS para los riesgos de invalidez, vejez y muerte a favor del accionante, y (iv) concedio al Ministerio de Hacienda un plazo de diez (10) dias para aprobar la inclusion del demandante en el calculo actuarial necesario para proceder a dicho pago.
  2. SEGUNDO. MODIFICAR la anterior Sentencia, en el sentido de senalar que el Instituto de Fomento Industrial IFI en liquidacion debe responder por los recursos para el pago de dicha pension, en los terminos de las normas vigentes.
  3. TERCERO. MODIFICAR la anterior Sentencia, en el sentido de senalar que, a partir de la fecha de expedicion de la Sentencia C-891A de 2006, las mesadas pensionales del senor Fernando Gonzalez Trivicolt se deben liquidar teniendo en cuenta que el salario base para la liquidacion de la primera mesada pensional debe ser actualizado con base en la variacion del Indice de Precios al Consumidor, IPC, certificado por el DANE.
  4. Quinto. Por Secretaria General librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.