Micelio
Sentencia de Tutela3 de diciembre de 2013

T-885 de 2013

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Abelardo Correa Lopez Y Otros·Demandado Municipio De Santa Cruz De Lorica, Cordoba

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Para Reconocimiento Y Pago De Acreencias Laborales
  • Procedencia excepcional por afectación del mínimo vital
Acción De Tutela Para Reclamar Acreencias Laborales
  • Procedencia excepcional por afectación de derechos fundamentales
Accion De Tutela Para Reclamar Pago De Acreencias Laborales
  • Improcedencia por existir otros mecanismos de defensa judicial y no existir perjuicio irremediable ni afectación del mínimo vital
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Los peticionarios solicitaron la protección de los derechos fundamentales que consideraron vulnerados por parte del Municipio de Santa Cruz de Lorica, como consecuencia del no pago de prestaciones como la bonificación por trabajar en zonas de difícil acceso, el auxilio de movilidad, la prima de servicios y la prima de antigüedad.

Se reitera jurisprudencia relacionada con la procedencia excepcional de la acción de tutela para reclamar el pago de acreencias laborales adeudadas.

Luego del análisis del caso concreto, se declara la IMPROCEDENCIA de la solicitud de amparo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 28 de mayo de 2013 por el Juzgado
  2. Primero. Promiscuo Municipal de Santa Cruz de Lorica (Córdoba), en virtud de la cual se concedió el amparo solicitado por los señores Abelardo Correa López y otros contra el citado municipio y, en su lugar, DECLARAR la improcedencia de la presente acción de tutela, por las razones expuestas en esta providencia.
  3. Segundo. LÍBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.