Providencias que la citan
Estas providencias invocan a T-885/13 en su argumentación. · 19 en total.
Volver a la ficha de T-885/13Derecho A La Salud De Los Migrantes-Atencion Medica De Urgencias De Los Migrantes En Situacion Irregular
Accion De Tutela Contra Acto Administrativo-Improcedencia Por No Cumplir Con El Requisito De Inmediatez Y Subsidiariedad E Inexistencia De Un Perjuicio Irremediable
Derecho Fundamental Al Agua Potable De Miembros De Comunidad Indigena
Accion De Tutela Para Obtener Reintegro Laboral-Improcedencia Por Existir Otro Medio De Defensa Judicial Y No Acreditarse Perjuicio Irremediable.
Derecho A La Educacion De Niños, Niñas Y Adolescentes En Situación De Discapacidad.
Estado De Cosas Inconstitucional En El Sistema Penitenciario Y Carcelario. Ordenes Impartidas En La Sentencia T-762/15.
Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado. Se Reconoció Pension De Invalidez.
Derecho A La Educacion De Niños Indigenas Y Las Obligaciones De La Comunidad, La Familia Y El Estado.
Reiteracion Estado De Cosas Inconstitucional En Relacion Con El Goce Efectivo Del Derecho Fundamental De Niñas Y Niños De La Guajira
Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado. Se Nombró Grupo De Fiscales E Investigadores En Proceso De La Toma Del Palacio De Justicia,
Derecho A La Dignidad Humana De Personas Privadas De La Libertad.
Traslado Laboral De Docente Por Razones De Salud.
Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado. Se Suscribio Escritura Publica De Inmueble Adjudicado Por Secretaria Del Habitat.
Derecho A La Salud De Personas Privadas De La Libertad. Deber Legal Y Constitucional De Suministrar Alimentacion Adecuada, De Acuerdo A Requerimientos Medicos.
Estado De Cosas Inconstitucional Del Sistema Carcelario. Reiteracion T-388-13 Y T-762-15
Ejercicio Del Ius Variandi Y Sus Limites Constitucionales En Caso De Traslado De Docentes.
Ius Variandi. Ejercicio Y Limites Ante Las Solicitudes De Traslado De Docentes.
Pension De Invalidez. Reconocimiento Por Perdida De Capacidad Laboral Debido A Enfermedad Cronica, Degenerativa O Congenita.