Sentencia de Tutela26 de agosto de 2004
T-806 de 2004
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Maria Del Pilar Velez Estrada Vs. Cajanal
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Igualdad Y De Peticion De Afiliada Con Mas De Veinte Años De Cotización A Quien La Entidad Le Niega El Reconocimiento De La Pension De Jubilación Por No Aplicación Del Regimen Especial De Los Empleados De La Rama Judicial. Solicita El Recono
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acto Administrativo
- Puede incurrir en vía de hecho
Debido Proceso Administrativo
- Fundamental
Pension De Jubilacion
- No existe distinción en los tiempos de servicio entre entidades oficiales y privadas
Acción De Tutela
- Procedencia excepcional contra actuaciones administrativas
Caja Nacional De Prevision Social
- Resolución recurso de apelación sobre reconocimiento de pensión de jubilación
Derecho De Peticion
- Alcance
Regimen Pensional Especial De Los Funcionarios De La Rama Judicial Y Ministerio Publico
- Regulado por el Decreto 546 de 1971
Via De Hecho
- Acto administrativo que resuelve pensión sin dar aplicación al régimen especial para la Rama Judicial y el Ministerio Público
Derecho De Petición
- Núcleo esencial
9 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado
- Decimo. Laboral del Circuito de Medellin el diecinueve (19) de mayo de dos mil tres (2003) y por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellin, el veinte (20) de junio de dos mil tres (2003). En su lugar, CONCEDER el amparo impetrado por Maria del Pilar Velez Estrada.
- SEGUNDO. ORDENAR a la Caja Nacional de Prevision Social - Seccional Medellin, que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas proceda a resolver el recurso de apelacion interpuesto por la senora Maria del Pilar Velez Estrada contra la resolucion que nego su pension, dando cumplimiento a lo prescrito en el Decreto 546 de 1971 para lo cual debera tener en cuenta la totalidad del tiempo de servicio laborado por la demandante, tanto en el sector publico como en el privado de manera acumulativa, hasta la fecha de expedicion de la resolucion.
- Si al momento de proferirse la presente sentencia, la entidad resolvio la apelacion interpuesta por la actora confirmando la resolucion que nego su pension de jubilacion, el termino de cuarenta y ocho (48) horas se concedera para que la entidad demandada inaplique la resolucion No. 04713 del siete (7) de marzo de dos mil tres (2003) y expida el acto administrativo en el que se de cumplimiento a lo prescrito en el Decreto 546 de 1971 para reconocer y pagar la pension de jubilacion de la senora Maria del Pilar Velez Estrada, para lo cual debera tener en cuenta la totalidad del tiempo de servicio laborado por la demandante, tanto en el sector publico como en el privado de manera acumulativa, hasta la fecha de expedicion de la resolucion.
- TERCERO. Por Secretaria, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a37
T-581/04Derecho Al Debido Proceso Administrativo Y Salud De Exsoldado. Suministro Servicios Medicos Por Enfermedad Adquirida En Combate. Prestacion Del Servicio Militar. Retiro Del Servicio. Falta Notificacion Personal. Presuncion De Veracidad. Deber De InformaciT-214/04Derecho Al Debido Proceso Administrativo. Pago Oportuno De Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Pension Vitalicia De Jubilación Y De Sobrevivientes. Retiro Codigo De Control. Falta Documentos De Historia Laboral. Buena Fe. Tutela Contra Actos AdminiT-695/03Derecho De Peticion De Extrabajadoras. Solicitud Copia Simple Contratos De Trabajo. Respuesta De Fondo. Tutela Contra Particulares. Concedida.T-514/03Derecho De Defensa Y Debido Proceso Administrativo. Via De Hecho. Acceso A La Administracion De Justicia. Realizacion Experticio Tecnico Sobre Aeronave Argentina. Inexistencia Documentacion Para La Nacionalizacion. Aprehension Y Decomiso. Tutela Contra AcT-418/03Derecho Al Debido Proceso. Via De Hecho En Sentencia Judicial O Decision Administrativa Fiscal O Disciplinaria. Proceso En Tramite. Prolongacion Injustificada De Indagacion Preliminar. Inmediatez. Negada.T-169/03Derechos Al Debido Proceso Igualdad Minimo Vital Vida Trabajo Descanso Y Seguridad Social De Funcionario De La Rama Judicial. Via De Hecho. Solicitud Reconocimiento Pension De Jubilacion. Regimen Especial De Transicion. Porcentaje Para Liquidar. Termino D
Ver las 37 →Citada por70
T-051/23Derecho De Petición En Proceso Administrativo De Restablecimiento De Derechos (Menor Víctima De Abuso Sexual)-Compulsa De Copias Para Adelantar Investigaciones Disciplinarias.T-407A/22Debido Proceso Administrativo Y Acceso Progresivo A La Tierra-Marco Normativo Y Trámite Pertinente Cuando Se Pretende La Adjudicación De Bienes Fiscales Rurales. Adecuación De La Acción De Cumplimiento Para Ser Tramitada Como Acción De Tutela.T-313A/22Contrato De Seguro De Vida Por Incapacidad Total Y Permanente-Incumplimiento De Los Presupuestos De Inmediatez Y Subsidiariedad (Accionante Por Su Propia Negligencia Financiera Afectó Su Mínimo Vital).T-108/22Derecho A La Pension De Sobrevivientes Y Principio Del Interes Superior De Los Niños, Niñas Y AdolescentesT-035/22Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Persona En Estado De Debilidad Manifiesta Por Razones De Salud-Reglas JurisprudencialesT-458/21Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales.Procedencia Por Defecto Factico Y Desconocimiento Del Precedente En Accion De Reparacion De Victima De Minas Antipersonal
Ver las 70 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.