Sentencia de Tutela20 de octubre de 1994
T-457 de 1994
Ponente Jorge Arango Mejía
✓Demandante Nelly Abuchar De Gomez
✓
Tema · dato duro
Debido Proceso. Accion De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho. Tutela Transitoria. Adulteracion De Contador De Luz. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Presuncion De Inocencia
- Vulneración
Servicio Publico De Energia
- Sanciones por mal uso
7 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia del Juzgado
- Primero. (1o.) Penal del Circuito de Turbo (Antioquia), de fecha diecinueve (19) de abril de mil novecientos noventa y cuatro (1994), providencia que revocó el fallo de primer grado dictado por el Juzgado
- Primero. (1o.) Penal Municipal de la misma ciudad, el día veinticinco (25) de marzo del corriente año, y MODIFICARLA tan sólo en el sentido de CONCEDER, como MECANISMO TRANSITORIO, la tutela del derecho constitucional al buen nombre y la honra de la señora Nelly Abuchar de Gómez, siempre y cuando que a ésta, conforme al artículo 136 del Código Contencioso Administrativo, subrogado por el artículo 23 del decreto 2304 de 1989, no le haya caducado el tiempo para ejercitar la acción de nulidad y restablecimiento del derecho contra la resolución de la Empresa Antioqueña de Energía S.A. número 654 del 23 de febrero del corriente año.
- SEGUNDO. PRECISAR que la concesión de esta tutela condicional y transitoria, implica, en caso de que la correspondiente publicación no se haya efectuado aún, ORDENAR a la Empresa Antioqueña de Energía S.A. abstenerse de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 23 del decreto 1303 de 1989, hasta que la jurisdicción contencioso administrativa decida de fondo sobre la acción contra la resolución 654 del 23 de febrero de mil novecientos noventa y cuatro (1994).
- TERCERO. COMUNICAR inmediatamente esta sentencia al Juzgado
- Primero. (1o.) Penal Municipal de Turbo (Antioquia), para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
- Notifíquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Citada por231
C-007/17Recursos Contra Actos Administrativos. Procedencia, Oportunidad, Requisitos, Trámite, Pruebas, Decisión Desistimiento, Requisitos Previos Para DemandarT-409/16Dercho A La Vivienda Digna De Poblacion Desplazada. Debido Proceso En La Asignacion De Subsidios De Vivienda.T-305/16Ayuda Humanitaria. Deber Del Estado De Garantizar Derechos De Poblacion Desplazada.T-332/15Drecho De Peticion. Importancia De La Calificacion De La Perdida De Capacidad LaboralT-095/15Tutela de 2015T-084/15Tutela de 2015
Ver las 231 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.