T-788 de 2007
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Maria Eugenia Chima Correa Como Abente Oficioso De Su Hermana Vs. Comfacor Ars
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Secretaría de Salud Departamental debe suministrar medicamentos para tratamiento siquiátrico
- Carácter programático y desarrollo progresivo
- Derecho prestacional que adquiere el carácter de fundamental cuando pone en peligro un derecho fundamental
- Casos en que procede por exclusión de tratamientos y medicamentos de alto costo
- Hermana en representación de la que se encuentra discapacitada
- Naturaleza asistencial o prestacional
- Derecho de carácter prestacional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud la vida y la integridad personal de beneficiaria del regimen subsidiado que padece problemas siquiatricos y la entidad se niega a suministrarle los medicamentos para paliar los efectos de la enfermedad que padece aduciendo que se encuentran excluidos del poss.solicita se ordene el suministro de los medicamentos requeridos.legitimacion activa.
Reconocimiento de medicamentos excluidos del pos del regimen subsidiado.
Requisitos delineados por la corte constitucional para la inaplicacion de las normas de exclusiones del poss.
En el presente caso la sala encuentra que por tratarse de medicamentos excluidos de la cobertura del poss y prescritos dentro del tratamiento de una patologia excluida enteramente del pos del regimen subsidiado como lo es la psiquiatria la interesada puede acudir prioritariamente a la secretaria de salud departamental que es la que debe suministrar los medicamentos.concedida.
Se ordena a la secretaria de salud departamental de cordoba el suministro de los medicamentos a la accionante
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la Sentencia proferida por el Juzgado Promiscuo Municipal de Sahagún por las razones expuestas en esta providencia y, en su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la salud, la vida y la integridad personal de la señora Claudia Patricia Chima Correa.
- SEGUNDO. ORDENAR a la Secretaría de Salud Departamental de Córdoba que, en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esta providencia, suministre a la señora Claudia Patricia Chima Correa los medicamentos Clozapina de 25 mg., ácido valproice de 250 mg., calcio de litio de 300 mg. Halo peridol de 10 mg. En las dosis y por el tiempo que sea indicado por el médico tratante.
- TERCERO. Líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.