Micelio
Sentencia de Tutela19 de julio de 2006

T-566 de 2006

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Juan Bautista Navarro Mojica Como Agente Oficioso De Su Padre Vs. Coomeva

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Agencia Oficiosa En Tutela
  • Se pueden agenciar derechos ajenos cuando el titular de los mismos no esté en condiciones de promover su propia defensa
Comite Tecnico Cientifico
  • Criterios para autorización de medicamentos o realización de determinado tratamiento
  • Funciones
Derecho A La Salud
  • Carácter prestacional
  • Fundamental por conexidad
  • Requisitos para suministro de medicamentos excluidos del POS
Derecho A La Vida
  • Contenido esencial
  • Implica subsistencia en condiciones dignas
  • No se restringe a simple existencia biológica
Legitimacion Por Activa En Tutela
  • Hijo en representación de padre enfermo
  • Persona internada en hospital
Accion De Tutela Contra Entidad Promotora De Salud
  • Improcedencia cuando no existe orden de prescripción de medicamento
Derecho A La Vida Digna
  • Contenido
  • Prestación y continuidad de los servicios médicos
Derecho Al Diagnostico
  • Práctica gamagrafía
Plan Obligatorio De Salud
  • Alcance debe ser definido por profesionales de la salud y en su defecto a través de método jurídicos de interpretación
  • Contenido
  • Interpretación constitucional de exclusiones y limitaciones
Prevalencia De La Constitucion Politica
  • Inaplicabilidad normas de inferior jerarquía
12 temas · 21 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud y la vida de persona de la tercera edad que sufre diabetes problemas renales y de circulacion y le fue identificado una salmonella con sospecha de espondilolistesis por lo que le fue ordenada la practica de una gamagrafia con leucocitos marcados que es un examen de diagnostico indispensable.

El examen le fue negado por la entidad aduciendo que se encontraba excluido del pos.

Solicita se ordene la practica del examen de diagnostico.

Legitimacion en la causa para promover la presente accion de tutela.

Teniendo en cuenta que el titular de los derechos no estaba en condiciones de reclamar la proteccion por su propia cuenta no hay duda de la legitimacion por activa para promover el amparo constitucional a nombre de su padre.

El derecho a la salud como derecho fundamental y su proteccion por via de la accion de tutela.

Contenido del plan obligatorio de salud exclusiones y delimitaciones.

Interpretacion constitucional al regimen de exclusiones y limitaciones del pos.

La corte considera que para dar aplicación a las limitaciones y exclusiones inherentes a los servicios del pos es necesario que las empresas prestadoras de salud a través de los profesionales médicos sustenten las razones que los llevan a colegir que un procedimiento tratamiento o medicamento determinado se encuentra por fuera de la cobertura del pos sustento que debe basarse en su saber médico y en la normatividad vigente en materia de servicios de salud de tal suerte que la carga de la prueba respecto de la no cobertura del pos de cierto servicio médico queda radicado en cabeza de los profesionales de la salud toda vez que esta exigencia no puede hacerse a los particulares dado el carácter técnico de este tipo de regulaciones.

Dada la ausencia de controversia directa de las pretensiones del accionante y por virtud de la falta de fundamento jurídico para afirmar que el examen de gamagrafía de leucocitos marcados se encuentra por fuera de la cobertura del pos la corte concluye que dicho procedimiento debe ser prestado por coomeva e.p.s.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR parcialmente la Sentencia proferida por el Juzgado Cuarenta y Nueve Civil Municipal de Bogotá.
  2. SEGUNDO. TUTELAR los derechos a la salud y a la vida del accionante en relación con el examen de gamagrafía de leucocitos marcados y, en consecuencia, ORDENAR a Coomeva E.P.S. que en el término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, practique dicho examen a cargo de sus propios recursos.
  3. TERCERO. NO TUTELAR los derechos a la salud y a la vida del accionante en relación con el suministro del medicamento Trental.
  4. CUARTO. Líbrense las comunicaciones de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.