T-781 de 2010
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Luis Enrique Barragan Mateus·Demandado Secretaria Departamental De Educacion De Santander
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Contenido y obligaciones estatales en materia educativa de conformidad con el bloque de constitucionalidad, cumplimiento inmediato y progresivo
- Orden a la Secretaría de Educación Departamental de Santander proveer docente para Escuela
- Fundamental
- Caso en que se solicita la protección del derecho a la educación de niños que habitan vereda, puesto que se considera vulnerado al no realizar el nombramiento de un profesor para la Escuela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Educación.
El accionante actúa en representación de los niños que habitan en la vereda Montecristo, comenta que hace 7 años fue clausurada la institución educativa de la vereda por no contar con el número de alumnos requeridos para su funcionamiento, por lo que niños fueron matriculados en la vereda mas cercana que queda a una hora y media de camino, solicita la asignación de un profesor para la escuela ya que en la actualidad en la vereda habitan ocho niños que no están recibiendo educación, el Ministerio de Educación mediante Decreto 3020 de 2002 señaló que corresponde un docente por cada 22 niños en área rural.
La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre el derecho fundamental a la educación, el contenido del derecho fundamental a la educación y obligaciones estatales en materia educativa de conformidad con el bloque de constitucionalidad, las obligaciones estatales de cumplimiento inmediato y progresivo en lo relativo al derecho a la educación, se concluye que, debido a que los menores no cuentan con un acceso material a las instalaciones educativas de la vereda mas cercana, se decide inaplicar el artículo 11 del Decreto 3020 de 2002, y aplicar directamente el artículo 67 constitucional, y se ordena proveer un docente para la escuela Montecristo.
Concede.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. CONCEDER la accion de tutela de la referencia y, en consecuencia, REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Velez (Santander) por los motivos expuestos en esta sentencia.
- SEGUNDO. ORDENAR a la Secretaria de Educacion del Departamento de Santander PROVEA dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente sentencia un docente para la Escuela Montecristo.
- TERCERO. Librese por secretaria cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.