Providencias que cita
T-774/15 invoca estas providencias en su argumentación. · 228 en total.
Volver a la ficha de T-774/15Requisito De Semanas De Cotizacion Para Pension De Invalidez. Aumento En El Número De Semanas No Vulnera Principio De Progresividad Del Derecho A La Seguridad Social
Saneamiento Del Pasivo Pensional De Las Universidades Publicas. Concurrencia De La Nación Y Las Universidades Tienen Una Finalidad Constitucionalmente Legítima
Rechazo De Accion De Tutela Por Vencimiento De Plazo En Silencio-Limitación Razonable Del Derecho De Acceso A La Justicia
Incapacidad Permanente Parcial En El Sistema General De Riesgos Profesionales. Protección Prevista No Vulnera Los Artículos 5o Y 1o De Los Convenios 17 Y 18 De La O.I.T.
Potestad Reglamentaria Del Ministerio De Comercio, Industria Y Turismo. Circunscrita A Aspectos Técnicos Y Operativos Relacionados Con El Ramo Y Ajustada A Órdenes Normativos De Más Alto Rango
Declaracion De Nulidad De Todas Las Actuaciones Surtidas En La Presente Accion De Tutela, Desde El Auto Que Avoco El Conocimiento De La Misma. Ello, Por Cuanto El Juzgado Treinta Y Cuatro Civil Municipal De Bogota Al Conocer Del Asunto No Integro Adecuadamente El Contradictorio, Como Quiera Que No Vinculo A La Clinica De Occidente De Bogota, Por Lo Que Al Proferirse La Correspondiente Decision Judicial, Puede Eventualmente Afectar A Dicho Centro Asistencial, Lo Cual Impone Su Vinculacion A Este Tramite Constitucional. En Consecuencia, Se Ordena Al Juzgado Treinta Y Cuatro Civil Municipal De Bogota Que Proceda A Integrar Debidamente El Contradictorio, Vinculando Para El Efecto A La Referida Clinica, Adelante De Nuevo El Tramite Constitucional De Tutela Y Dicte El Fallo De Rigor.