Providencias que la citan
Estas providencias invocan a T-752/11 en su argumentación. · 26 en total.
Volver a la ficha de T-752/11Derecho A La Vivienda Digna En Su Faceta De Habitabilidad (Acceso Al Agua Potable Y Energía)-Regulación Constitucional De Servicios Públicos Y Deber Del Estado De Garantizar Su Efectiva Prestación.
Amparo De La Dignidad Humana, Derecho A La Salud, Educación, Trabajo, Vida Digna Y Vivienda Digna-Instalación Y Prestación Del Servicio Público Esencial De Energía Eléctrica En Vereda Campesina.
Derecho A La Salud, Agua Potable, Saneamiento Básico Y Ambiente Sano-Orden De Prestar El Servicio Por Medios Alternativos Y Realizar Estudios De Mitigación Del Riesgo Sobre La Vivienda.
Derecho A La Salud, Agua Potable, Saneamiento Básico Y Ambiente Sano-Suspensión Prolongada En El Tiempo De La Prestación Del Servicio.
Debido Proceso Ante Empresas De Servicios Publicos Domiciliarios
Derechos Fundamentales De La Comunidad Indígena Jiw En Peligro De Extinción
Pago De Honorarios A Las Juntas De Calificación Y El Acceso A La Prestación Humanitaria Periódica Para Las Víctimas De La Violencia
Derecho Fundamental Al Agua De Habitante De Sector Rural.
Derecho Al Agua Potable Y Al Saneamiento Basico.
Derecho Al Agua Potable
Derecho Al Agua Potable. Proteccion Constitucional Como Derecho Fundamental Autonomo.
Victimas De Desplazamiento Forzado. Posibilidad De Exoneracion O De Implementacion De Acuerdos En El Pago De Servicios Publicos Domiciliarios.
Derecho Fundamental Al Agua Potable. Contenido.
Plan Nacional De Electrificacion Rural.
Derecho A La Consulta Previa De Los Pueblos Indigenas.
Servicio Publico Domiciliario De Acueducto. Calidad Del Agua Potable.
Derecho Al Agua. Limites Constitucionales A La Suspension Por Mora, Cuando Hay Sujetos De Especial Proteccion Constitucional.
Derecho Fundamental Al Agua Potable, Prohibicion De Suspender El Servicio Cuando Hay Sujetos De Especial Proteccion.
Derecho Al Agua Potable. Proteccion A Sujetos De Especial Proteccion Constitucional.
Derecho Al Agua Potable. Suministro Minimo De 50 Litros De Agua A La Accionante Y A Su Nucleo Familiar.