Micelio
Sentencia de Tutela6 de noviembre de 2019

T-527 de 2019

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Viviana Rivas Zorrilla·Demandado Comfenalco E.P.S. Y Otros

Tema · dato duro
Derecho Fundamental A La Salud De Los Menores De Edad Y Derecho A La Educacion De Menores En Situacion De Discapacidad. Obligaciones Del Estado.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La accionante, actuando en representación de una hija menor de edad que presenta una situación de discapacidad mental, considera que las entidades demandadas vulneraron derechos fundamentales, con ocasión de la negación tanto de la prestación como del suministro de servicios y tecnologías en salud, como del servicio de enfermería domiciliaria y la financiación del proceso de escolarización a cargo del Sistema Integral de Seguridad Social en Salud, recomendados todos por los médicos tratantes.

La justificación de la entidad se fundó en que los requerimientos solicitados se encontraban fuera del PBS, existían problemas en su codificación o no existía disponibilidad de agenda.

Se analiza temática relacionada con. 1º.

El derecho fundamental a la salud de los menores de edad. 2º.

La protección del derecho a la educación de los menores de edad en situación de discapacidad y, 3º.

Las obligaciones del Estado en materia de educación inclusiva.

Se confirman las decisiones de instancia que AMPARARON el derecho fundamental a la salud.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida el 16 de mayo de 2019 por el Juzgado
  2. Tercero. Civil del Circuito de Ejecucion de Sentencia de Cali, que a su vez confirmo el fallo de primera instancia emitido por el Juzgado
  3. Septimo. Civil Municipal de Ejecucion de Sentencias de Cali el 1 de abril de 2019, que concedio el amparo del derecho fundamental a la salud de la menor Maria Camila Ortiz Rivas, por las razones expuestas por esta Corporacion.
  4. Segundo. EXHORTAR a la Secretaria de Educacion Municipal para que, en caso de que la representante de la menor Maria Camila Ortiz Rivas presente los documentos solicitados, adelante de manera efectiva los tramites requeridos para incluirla en los programas de educacion disponibles.
  5. Tercero. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto ley 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.