Micelio
Sentencia de Tutela20 de junio de 2012

T-451 de 2012

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Sociedad Y Vargas Y Cia S En C En Liquidacion·Demandado Tribunal Superior De Cali, Sala Civil

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Causales genéricas de procedibilidad
  • Requisitos formales
  • Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
Accion De Tutela De Sociedad En Comandita
  • Improcedencia por cuanto fallecimiento de único socio gestor no implica disolución de la sociedad ni finalización de la delegación dada el gerente delegatario
Defecto Sustantivo
  • Causal genérica de procedencia de la acción de tutela contra decisiones judiciales
Debido Proceso De Sociedad En Comandita
  • Ejecución por incumplimiento de obligaciones pues quien suscribió pagarés no tenía facultad de representación y se encontraba en estado de disolución
Proceso Ejecutivo Contra Sociedad En Comandita
  • Celebración de negocios por gerente delegatario al fallecimiento del único socio gestor
Principio De Autonomia E Independencia Judicial
  • Competencia de autoridades judiciales para interpretar y aplicar normas jurídicas no es absoluta
Principio De Inmediatez
  • Reiteración de jurisprudencia
8 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso.

Tutela contra providencia judicial.

En el presente caso la Sala de Revisión analiza si en la sentencia impugnada se configuró un defecto sustantivo por violación del debido proceso, al aplicarse en ella de manera indebida los artículos 220, 227, 333 y 117 del Código de Comercio, en el sentido de indicar que una sociedad en comandita simple puede obligarse, a pesar de encontrarse en causal de disolución por desaparición de una de las categorías de socios y por ende, poder reclamar en proceso ejecutivo la obligación así contraída.

La Sala reitera la jurisprudencia constitucional relacionada con la procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales, enfatizando la causal genérica denominada defecto sustantivo.

Al no encontrar configurado el defecto sustantivo alegado, se decide confirmar las decisiones de instancia que NEGARON el amparo solicitado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. LEVANTAR la suspension de terminos ordenada en el presente tramite de revision.
  2. Segundo. CONFIRMAR la sentencia proferida el seis (06) de diciembre de dos mil once (2011) por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que confirmo a su vez la sentencia denegatoria de tutela promovida por la sociedad Y Vargas y CIA S en C contra el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, fallo proferido el once (11) de noviembre de dos mil once (2011) por la Sala de Casacion Civil de la misma corporacion.
  3. Tercero. Por Secretaria General librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por34
T-474/24Derecho A La Capacidad Legal Y Debido Proceso-Exigencias Para La Adjudicación De Apoyos A Personas En Condición De Discapacidad. Deber De Diligencia Del Juez En El Proceso Judicial De Adjudicación De Apoyos.T-473/24Tutela Contra Providencias Judiciales Para Acceder A La Pensión-Desconocimiento Del Precedente Judicial Sobre El Deber De Diligencia Del Fondo De Pensiones (Inconsistencias En La Historia Laboral De Cotizaciones Al Sistema).T-425/24Tutela En Procedimiento De Amparo Policivo Por Perturbación A La Servidumbre De Energía Eléctrica-Omisión En La Valoración De La Prueba Sumaria Que Permitía El Inicio De Las Obras De Infraestructura.T-173/24Acción De Tutela Contra Decisiones Judiciales En Materia De Regulación De Visitas-Interés Superior De Niños, Niñas Y Adolescentes (Defecto Fáctico Al Ordenar Acercamiento Entre Padre E Hijo, Sin Escuchar La Opinión Del Menor).T-042/24Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Caso De Violencia Sexual Contra Niños, Niñas Y Adolescentes-Procedencia Por Decisión Sin Motivación Y Defecto Fáctico (Desconocimiento Del Derecho De Las Niñas Y Los Niños A Ser Escuchados En La Actuación Judicial, Componente Esencial Del Principio Del Interés Superior Que Los Protege).T-023/24Derechos Al Debido Proceso, Defensa Y Acceso A La Administración De Justicia-Vulneración Por Defecto Procedimental En La Actuación Judicial (Exceso Ritual Manifiesto Al Resolver Sobre Representación De Las Personas Jurídicas En El Proceso Y La Terminación Anticipada Por Desistimiento Tácito).
Ver las 34

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.