Micelio
Sentencia de Tutela18 de mayo de 2010

T-372 de 2010

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Alvaro Angarita·Demandado Distrito Militar N. 32,

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Vida digna, libertad y a recibir una protección especial por ser víctima del desplazamiento forzado.

El Señor actúa como agente oficioso de su hijo, el cual fue reclutado para prestar servicio militar, sin tener en cuenta su condición de desplazados, solicita se ordene el desacuartelamiento inmediato de su hijo y se le expida una tarjeta militar provisional a la cual tiene derecho por ser parte de la población desplazada.

La Sala encuentra legitimada la agencia oficiosa, después de estudiado el caso se concluye que al actor le hace falta poco para terminar de prestar el servicio militar y las autoridades accionadas aún no lo han retirado del servicio se les ordena otorgar la tarjeta militar definitiva en la clase en que corresponda.

Concede.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga el 10 de septiembre de 2009, y el fallo de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, proferido el 19 de noviembre de 2009, en el asunto de la referencia. En su lugar, CONCEDER la tutela solicitada por Álvaro Angarita como agente oficioso de Marlon Alejandro Angarita Castillo para proteger sus derechos a la personalidad jurídica y a la protección especial del Estado por encontrarse en situación de desplazamiento.
  2. Segundo. ORDENAR al Comandante del Batallón de Apoyo de Servicios para el Combate No. 18, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, disponga la desincorporación como soldado bachiller del Ejército Nacional de Marlon Alejandro Angarita Castillo.
  3. Tercero. ORDENAR a la Zona Quinta de Reclutamiento del Ejército Nacional y al Comandante del Distrito Militar Número 32, que dispongan todo lo necesario para que dentro de un (1) mes siguiente al desacuartelamiento del soldado bachiller Marlon Alejandro Angarita Castillo, se expida a su nombre la tarjeta de reservista de la clase que corresponda conforme a la normatividad vigente.
  4. Cuarto. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.