Micelio
Sentencia de Tutela15 de mayo de 2024

T-174 de 2024

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Carlos·Demandado Centro Penitenciario Y Carcel Penitenciaria La Montaña

Tema · dato duro
Derecho A La Dignidad Y No Discriminación De La Población Lgtbiq+ Privada De La Libertad-Carencia Actual De Objeto Por Situación Sobreviniente (Terminó La Relación Sentimental). Acto Administrativo Que Disponía Traslado Estaba Motivado.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Carencia Actual De Objeto Por Situación Sobreviniente
  • Vulneración alegada cesó por una situación no imputable a las entidades accionadas, que conllevó a la pérdida del interés de la accionante
Carencia Actual De Objeto
  • Fenómeno que se configura en los siguientes eventos: hecho superado, daño consumado o situación sobreviniente
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El actor considera que las entidades accionadas vulneraron sus derechos fundamentales, como consecuencia de disponer su traslado y el de su pareja sentimental a instituciones carcelarias diferentes a aquella en la que ambos se encontraban previamente retenidos.

En su criterio, se produjo una situación de discriminación por su orientación sexual.

También argumentó que la comunidad LGTBIQ+ está sufriendo traslados selectivos que impactan a aquellos reclusos que sostienen relaciones sentimentales al interior del establecimiento carcelario.

Por su parte, el centro carcelario cuestionado fundamentó la decisión en razones de seguridad.

La Corte encontró que en el presente caso se configuró el fenómeno de la carencia actual de objeto por SITUACIÓN SOBREVINIENTE, en la medida que las partes perdieron interés en el resultado de la litis, en tanto ya no existe la relación sentimental que dio origen a la solicitud de amparo.

No obstante, la Sala examinó las alegaciones respecto de la discriminación en el centro penitenciario y para el efecto reiteró las reglas sobre el principio de igualdad y a prohibición de discriminación debido a la identidad de género y orientación sexual de las personas privadas de la libertad.

Concluyó la Corte que el traslado estuvo debidamente motivado en las razones de seguridad que expuso el Centro Penitenciario, el cual tuvo como objeto garantizar las condiciones de seguridad en la cárcel y la integridad de las personas privadas de la libertad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. LEVANTAR la suspensión del término decretada por la Sala Séptima para decidir el presente asunto.
  2. SEGUNDO. CONFIRMAR PARCIALMENTE, por las razones expuestas en la presente providencia, el fallo del 17 de agosto de 2023 del Juzgado
  3. Quinto. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Tunja, que "negó por improcedente" la acción de tutela presentada por Carlos, como agente oficioso de o Jaime. Respecto a la solicitud de amparo interpuesta, en nombre propio por Carlos, DECLARAR la CARENCIA ACTUAL DE OBJETO por situación sobreviniente, de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  4. TERCERO. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónCristina Pardo Schlesinger
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.