T-364 de 2009
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Jose Erasmo Guarnizo Nieto·Demandado Sala Jurisdiccional Disciplinaria Del Consejo Superior De La Judicatura
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Desconocimiento en proceso adelantado por Consejo Seccional de la Judicatura
- Causales especiales de procedibilidad
- Reiteración de jurisprudencia
- Caso de Magistrado de Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura que fue sancionado
- Caso de suspensión de un mes en el ejercicio del cargo de Magistrado por reasumir funciones en ejercicio de su competencia después de haberle sido aceptado impedimento
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso que se alega conculcado con la decision de la sala jurisdiccional disciplinaria del consejo superior de la judicatura por medio de la cual el actor fue sancionado con suspension de un mes en el ejercicio de su cargo por circunstancias que, a su juicio, no constituian tal.
Por tanto, arguye la comision de una via de hecho de parte del despacho demandado. <br>requisitos generales y especiales de procedencia de la accion de tutela contra providencias judiciales.
Reiteracion jurisprudencial. <br>la sala no advirtio comision del defecto imputado, pues la determinacion de adopto de conformidad con lo ordenado por los articulos 256 de la constitucion politica y 112 de la ley 270 de 1996, entre otras normas pertinentes. <br>negada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR la decision de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, del 1 de Octubre 2008 que revoco la sentencia proferida el 28 de mayo de 2008 por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Tolima. (Primera instancia)108, y en su lugar niega el amparo solicitado por doctor Jose Erasmo Guarnizo Nieto.
- Segundo. Por Secretaria General, librese la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.