Micelio
Sentencia de Tutela6 de mayo de 2011

T-360 de 2011

Ponente Juan Carlos Henao Pérez

Demandante Empresa De Acueducto Y Alcantarillado De Bogota·Demandado Juzgado Doce Civil Del Circuito De Bogota

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Defecto Factico Y Defecto De Procedimiento Absoluto En Proceso De Expropiacion
  • Caso en que se omitió valoración de la prueba y el Juez actuó al margen del procedimiento establecido y se vulneró el debido proceso del accionante
Indemnizacion Por Expropiacion
  • Caso en que el Juez no entró a estudiar si el peritaje presentado cumplía con las condiciones establecidas en la Ley para tal fin
Legitimacion Por Activa En Tutela
  • Reiteración de jurisprudencia
Proceso De Expropiacion Judicial
  • Características
  • Orden a Juzgado para que decrete una nueva pericia con base en la normatividad enunciada en la sentencia
  • Para efectuar el avalúo de la indemnización, el Juez debe nombrar a más de un perito con el fin de que determine el monto de la indemnización a reconocer
  • Procedimiento especial para la elaboración del peritaje que determina el valor de la indemnización
Defecto Factico
  • Configuración al ordenar el pago de la indemnización sin establecer monto de la misma y sin valorar pruebas obrantes en el proceso
Juez De Tutela
  • Se encuentra facultado para referirse a aspectos que así no sean invocados, deben ser objeto de pronunciamiento
Peritajes En Caso De Expropiacion
  • Jurisprudencia constitucional
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
16 temas · 15 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso, igualdad, defensa.

Tutela contra providencia judicial.

La Empresa de Acueducto y Alcantarillado inició ante el juzgado demandado un proceso de expropiación de un terreno de propiedad de la Corporación Club los Lagartos, con el objeto de ejecutar el proyecto de canalización y terraceo del río Salitre.

Con la presente acción de tutela se pretende la revocatoria de lo actuado desde la presentación de una segunda aclaración del informe de la perito, bajo el argumento de que el despacho judicial incurrió en un defecto fáctico por no valorar las pruebas referentes al avalúo de la indemnización y al proferir sentencia sin motivación clara, expresa y exigible.

Se aduce igualmente que, dentro del proceso existen dos peritajes en firme y por tanto, es necesario que el accionado tome las medidas pertinentes para establecer la veracidad de los dictámenes, con base en un nuevo avalúo de indemnización efectuado por el IGAC.

Luego de reiterar jurisprudencia sobre la procedibilidad excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales y de esbozar la caracterización de los defectos fáctico, sustantivo y procedimental absoluto como causales de dicha procedibilidad, la Sala concluye que con el fallo atacado si hubo vulneración de derechos de la EEAA.

Se CONCEDE el amparo solicitado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el dia veintiocho (28) de septiembre de dos mil diez (2010), por la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Civil, que confirmo el fallo de primera instancia proferido el veinticuatro (24) de agosto de dos mil diez (2010) por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, la cual denego la solicitud de amparo interpuesta por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogota.
  2. Segundo. CONCEDER el amparo judicial de los derechos fundamentales al debido proceso, la igualdad y la defensa, a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogota y en consecuencia DEJAR SIN EFECTO la providencia por parte del Juzgado 12 Civil del Circuito de Bogota, proferida el 20 de agosto de 2009, dentro del proceso de expropiacion iniciado por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogota contra la Corporacion Club Los Lagartos. Asi mismo, dejar sin efecto el tramite procesal surtido para el avaluo de la indemnizacion por expropiacion efectuado desde la expedicion de la sentencia de expropiacion del 31 de julio de 2000.
  3. Tercero. ORDENAR al senor Juez 12 civil del circuito de Bogota, que dentro del termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente providencia, realice las actividades tendientes a decretar una nueva pericia con base en la normatividad enunciada en la parte considerativa de la presente sentencia, estableciendo claramente la extension del predio objeto de expropiacion.
  4. Cuarto. ORDENAR al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, que verifique y vele por el acatamiento cabal y dentro de los terminos determinados por la ley, de la presente providencia, para lo cual hara los requerimientos del caso si el obligado no da cumplimiento en el plazo senalado.
  5. Quinto. Por Secretaria LIBRESE la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoMauricio González Cuervo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por32
T-378/24Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Medio De Control De Reparación Directa-Configuración Del Defecto Fáctico En La Aplicación Del Término De Caducidad (Casos De Ejecuciones Extrajudiciales).T-343/24Tutela Contra Providencias Judiciales En Medio De Control De Reparación Directa-No Se Configuraron Los Defectos Fáctico Y Sustantivo (Falla En El Servicio Médico-Referencia Y Contrarreferencia En El Sistema De Salud De Las Fuerzas Militares).T-041/24Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Asunto Laboral (Contrato De Trabajo Oculto En Prestación De Servicios Médicos)-Flexibilización De La Técnica De Casación En Trámite De Recurso De Casación. No Se Configuraron Los Defectos Alegados.SU.329/24Tutela Contra Providencias Judiciales En Proceso De Nulidad Electoral-Interpretación De La Causal De Inhabilidad Por Parentesco Para Ser Elegido. Cambio De Precedente Sobre Legitimación En La Causa Por Activa.SU.221/24Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Materia Pensional-Desconocimiento Del Precedente Constitucional En La Interpretación De Las Convenciones Colectivas (Diferencia Entre El Principio In Dubio Pro Operario Y El Principio De La Condición Más Beneficiosa)T-354/23Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Medio De Control De Reparación Directa-Niega Amparo Por Cuanto No Se Configuraron Los Defectos Alegados En Relación Con El Término De Caducidad De La Acción Por Delitos De Lesa Humanidad.
Ver las 32

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.