T-302 de 2006
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Raul Dulcey Parra Vs. Juzgado Octavo Penal Del Circuito De Bucaramanga Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Causales genéricas de procedibilidad
- Procedencia excepcional
- No es absoluta
- La discrepancia interpretativa de una norma por si sola no constituye vía de hecho
- Defecto sustantivo
- Debida calificación del tipo penal por cuanto el particular ejercía transitoriamente funciones públicas y administraba recursos públicos
- Decisiones son susceptibles del recurso de casación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la igualdad la favorabilidad y la legalidad de exgerente de la cooperativa solidaria integral de salud de bucaramanga que por irregularidades en el desarrollo de su gestion fue condenado por el delito de peculado por apropiacion a pena de prision y multa a quien le fue negada la readecuacion tipica de la conducta.
Solicita se ordene al juzgado lo exima de resposabilidad dentro del proceso penal o la readecuacion tipica de la conducta y le redosifique la pena.
Accion de tutela contra providencias judiciales.
Via de hecho por defecto sustantivo.
Presupuestos basicos para la procedencia de la accion de tutela contra providencias judiciales.
La discrepancia interpretativa de una norma pos si sola no constituye via de hecho.
Inexistencia de otros medios de defensa judicial para cuestionar las irregularidades alegadas por el actor.
Los funcionarios judiciales demandados justificaron en forma razonable las decisiones cuestionadas partiendo de la base de que el accionante ejercia transitoriamente funciones publicas y por tanto el tipo penal imputable era el de pecualdo apropiacion y no por extension.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR la decision proferida por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, dentro de la accion de tutela instaurada por Raul Dulcey Parra contra Sala de Decision Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga y Juzgado
- Octavo. Penal del Circuito de Bucaramanga.
- Segundo. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.