T-613 de 2005
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Municipio De Santa Ana Vs. Tribunal Administrativo Del Magdalena
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Mecanismo subsidiario
- Procedencia aunque exista mecanismo de defensa por inexistencia de medidas de protección inmediatas y eficaces
- Procedencia excepcional
- Requisitos de procedencia
- Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial
- Procedencia excepcional como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derechos de los niños y de la poblacion mas vulnerable del municipio por la decisión del tribunal de admitir demanda ejecutiva librar mandamiento de pago y disponer el embargo de los recursos del municipio con lo que se le impide a la entidad territorial ejecutar los planes y programas presupuestados.
Solicita se ordene la suspension de la providencia el desembargo inmediato de los recursos del sistema general de participaciones del municipio y la devolucion de los titulos de depositos judiciales que se haya constituido con dineros del minicipio.
Procedencia excepcional de la accion de tutela contra decisiones judiciales.
Subsidiaridad de la accion de tutela.
La accion de tutela también puede ser interpuesta como mecanismo transitorio aun ante la existencia de otro medio de defensa judicial siempre y cuando su finalidad no sea otra que la de evitar un perjuicio irremediable.
Improcedencia de la tutela por la existencia de un mecanismo idóneo de defensa judicial como lo es el proceso ejecutivo contractual que se encuentra en curso en el cual no se ha proferido una decision definitiva.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- CONFIRMAR por las razones expuestas la sentencia proferida por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Seccion Cuarta, el 20 de enero de 2005, que rechazo por improcedente la accion impetrada por el Municipio de Santa Ana - Magdalena, contra el Tribunal Administrativo del Magdalena.
- Librense por Secretaria, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifiquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.