T-760 de 2013
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Ecopetrol S.A.·Demandado Superintendencia De Sociedades Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Carga argumentativa y probatoria de perjuicio irremediable recae sobre el accionante
- Finalidad
- Proceso concursal de reorganización empresarial y proceso concursal liquidatorio
- Cumple funciones jurisdiccionales frente al proceso concursal
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Relevancia constitucional como requisito de procedibilidad
- Improcedencia de tutela transitoria por cuanto no se configura perjuicio irremediable y existe otro medio de defensa judicial
- Improcedencia por cuanto la parte accionante cuenta con el derecho de voto y objeción frente a los acuerdos dentro del proceso concur
- Procedencia
- Inminencia, urgencia, gravedad e impostergabilidad de la tutela, deben encontrarse efectivamente comprobadas
- Desarrollo en el proceso concursal
- Aspectos generales del debido proceso
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En este asunto ECOPETROL S.A. interpone la acción de tutela al considerar vulnerados sus derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa, en virtud de una orden de pago que le impartió la Superintendencia de Sociedades a favor de la sociedad CAMCO Ingeniería .S.A, incursa en proceso concursal de reorganización empresarial.
La Sala analiza la siguiente temática: 1º.
Procedencia excepcional de la acción de tutela como mecanismo transitorio para controvertir decisiones judiciales de la Superintendencia de Sociedades. 2º.
La figura del concordato en Colombia y el régimen legal aplicable y 3º.
Aspectos legales que enmarcan el procedimiento concursal.
La Corte decide declarar IMPROCEDENTE la solicitud de amparo solicitada por la Empresa Colombiana de Petróleos.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Seccion Segunda, Subseccion B, dentro de la accion de tutela instaurada por la Empresa Colombiana de Petroleos -ECOPETROL S.A.- en contra de la Superintendencia de Sociedades y la Empresa de Ingenieria CAMCO S.A.S..
- SEGUNDO. DECLARAR improcedente la solicitud de amparo por los motivos expuestos en la parte motiva de esta providencia.
- TERCERO. Por Secretaria General de la Corte Constitucional, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.