Sentencia de Tutela23 de abril de 2004
T-381 de 2004
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Pedro Julio Rojas Olaya Vs. Juzgado 42 Civil Municipal
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso. Via De Hecho. Solicitud Nulidad Diligencia De Remate. Prevalencia Proceso Concordatario Frente A Ejecutivo Hipotecario. Investigacion Disciplinaria. Tutela Contra Decisiones Judiciales. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Proceso Concordatario
- Prevalece frente a procesos ejecutivos
Via De Hecho
- Procedencia excepcional de tutela
- Clases de defectos en la actuación
Debido Proceso
- Saneamiento formal y no material sobre la apertura del concordato
- Vulneración
Proceso Concursal
- Igual estructura conceptual
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida el día 17 de octubre de 2003 por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, que revocó la decisión proferida el día 12 de septiembre de 2003 por el Juzgado 36 Civil del Circuito de Bogotá, en la acción de tutela incoada por el señor Pedro Julio Rojas Olaya contra el Juzgado 42 Civil Municipal de Bogotá.
- Segundo. En su lugar CONCEDER la tutela instaurada por el señor Pedro Julio Rojas Olaya contra el Juzgado 42 Civil Municipal de Bogotá, por violación del debido proceso.
- Tercero. DECRETAR la nulidad de las actuaciones surtidas dentro del proceso Ejecutivo hipotecario seguido por el señor Julián Díaz Moncada contra Pedro Julio Rojas Olaya y Nohora Erlinda Izquierdo de Rojas, en el Juzgado 42 Civil Municipal de Bogotá, a partir del día 27 de febrero de 2003.
- Cuarto. ORDENAR al Juzgado 42 Civil Municipal de Bogotá que reponga la actuación anulada, de conformidad con las disposiciones legales y lo expuesto en las consideraciones de esta providencia.
- Quinto. ORDENAR a la Secretaría General de esta corporación que envíe copia de esta sentencia al Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca con el fin de que investigue la posible comisión de falta disciplinaria por parte del personal del Juzgado 42 Civil Municipal de Bogotá.
- Sexto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a15
T-539/02Derecho A La Igualdad De Mujer Embarazada. Via De Hecho. Embargo Dineros Del Inci. Proceso Ejecutivo Laboral. Tutela Contra Providencias Judiciales. Falta Disciplinaria. Negada.T-405/02Derecho Al Debido Proceso. Sustitucion De La Demanda. Via De Hecho. Falta De Notificacion. Medidas Cautelares. Proceso Ejecutivo Con Titulo Hipotecario. Banco De Bogota. Concedida.SU.159/02Derecho A La Intimidad. Via De Hecho Por Defecto Factico En Juicio Penal. Defectos Sustantivos Y Procedimentales En Actuacion De Demandados. Adjudicacion Emisora. Valoracion Prueba Viciada. Regla De Exclusion. Criterios De Identificacion. Debido Proceso.SU.132/02Derecho Al Debido Proceso Y A Elegir Y Ser Elegido De Candidato Al Senado De La Republica Para Elecciones De 1998. Solicitud Nulidad Contra Resolucion. Expedicion Credencial. Via De Hecho Judicial. Defecto Factico. Indebida Valoracion Probatoria. PrimaciaC-263/02Proceso Concursal. Exclusión A Favor Del Deudor De Vivienda Familiar, Patrimonio De Manutención Y Beneficio De CompetenciaT-1223/01Derecho Al Debido Proceso. Tutela Contra Via De Hecho Judicial. Proceso Penal Por El Delito De Homicidio Agravado. Principio De Legalidad No Reformatio In Pejus Y Favorabilidad Penal. Incremento De La Pena. Carcel La Picota. Negada.
Ver las 15 →Citada por102
T-387/20Conflicto De Competencia Entre Jurisdiccion Indigena Y Jurisdiccion Ordinaria En Proceso Penal Por Violencia IntrafamiliarT-377/20Acumulacion De Tiempos De Servicios Prestados Tanto En El Sector Privado Como En El Sector Publico Para Obtener Pension De VejezSU.354/20Responsabilidad Patrimonial De Los Agentes Del Estado Y La Accion De Repeticion En Los Terminos Del Articulo 90 De La Constitucion PoliticaSU.353/20Regimen De Responsabilidad Del Estado Respecto A La Imputacion Juridica De Daños Acaecidos En El Marco De Actos Terroristas -Club El Nogal-SU.312/20Aplicacion Del Termino De Caducidad De La Accion De Reparacion Directa Por Comision De Delitos De Lesa HumanidadT-545/19Pension De Invalidez. Condicion Mas Beneficiosa Y Expectativas Legitimas.
Ver las 102 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.