T-056 de 2005
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Guillermo Coronado Riveros Vs. Tribunal Superior De San Andres Providencia Y Santa Catalina
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Vulneración al debido proceso por no haber notificado al demandado en legal forma
- Sistema de medios técnicos para asegurar el ejercicio regular de las funciones estatales
- Clases de defectos
- Actos “sin ley” son inconstitucionales
- Procedencia de tutela por separación de los preceptos legales y constitucionales
- Desconocimiento flagrante y abierto de interrogatorio de parte para resolver recurso de apelación
- Autonomía e independencia para proferir decisiones
- Conocimiento del domicilio del demandado en proceso ejecutivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la defensa y al debido proceso dentro del tramite de proceso ejecutivo singular por resolver recurso de apelación contra auto que habia declarado la nulidad de lo actuado a partir del auto de mandamiento de pago.
Solicita ordenar al tribunal anular la providencia y proceda a dictar una nueva.
Accion de tutela contra providencias judiciales.
Nuevas tesis para que se configure una via de hecho.
La providencia dictada por el tribunal desconocio la prueba de interrogatorio de parte con la que contaba para resolver el recurso de apelación interpuesto.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia el 27 de julio de 2004, por medio del cual revocó la sentencia de primera instancia dentro del proceso tutela iniciado por Guillermo Coronado Riveros contra la Sala Única de Decisión del Tribunal Superior del Distrito Judicial del Departamento Archipiélago San Andrés, Providencia y Santa Catalina
- Segundo. En su lugar, CONFIRMAR la sentencia de 28 de mayo de 2004, mediante la cual la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia concedió el amparo de los derechos a la defensa y al debido proceso de Guillermo Coronado Riveros.
- Tercero. ADICIONAR a la orden impartida en la sentencia que confirma, que adicionando que el Tribunal Superior del Distrito Judicial del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina contará con un término de quince (15) días hábiles, contados a partir de la notificación del presente fallo, para dar cumplimiento a lo ordenado por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, si aún no lo hubiere hecho.
- Cuarto. LÍBRESE, por Secretaría, la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.