T-282 de 2018
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Yury Edith Jaramillo·Demandado Secretaria De Salud De Florencia Y Otra
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Expedición tarjeta profesional como auxiliar de enfermería
- Límites
- Relación directa con el derecho al trabajo, al libre desarrollo de la personalidad y a la igualdad
- Reiteración de jurisprudencia
- Contenido y alcance
- No impide a la Corte Constitucional pronunciamiento de fondo sobre la existencia de una violación de derechos fundamentales y futuras violaciones
- Se expidió tarjeta profesional como Técnico Laboral en Auxiliar en Enfermería
- Configuración
- Fenómeno que puede presentarse a partir de dos eventos que a su vez sugieren consecuencias distintas: hecho superado y daño consumado
- Afectación permanente de los derechos fundamentales o la persistencia en su violación no justifica un análisis más flexible
- Reglas generales
- Juez debe verificar si ante la existencia de otro medio de defensa judicial, éste es eficaz e idóneo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La accionante alega que sus derechos fundamentales fueron vulnerados por las entidades demandadas, ante la negativa de expedirle la tarjeta profesional como Técnico Laboral en Auxiliar de Enfermería, a pesar de que a otras personas que obtuvieron el diploma en la institución educativa donde ella cursó sus estudios y que además protocolizaron el título en el mismo folio del libro de registro.
Se reitera jurisprudencia relacionada con los requisitos de procedibilidad de la acción de tutela y el derecho a la libertad de escoger profesión u oficio.
Como en sede de revisión la Sala constató que a la peticionaria le fue expedida la tarjeta profesional requerida, declaró la carencia actual de objeto por HECHO SUPERADO.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia del 24 de noviembre de 2017, expedida en primera instancia por el Juzgado
- Tercero. Civil Municipal de Florencia, mediante la cual se denego la proteccion de los derechos a la igualdad y a la libertad de ejercer profesion u oficio. En su lugar, DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho superado.
- SEGUNDO. PREVENIR a la Secretaria de Educacion de Florencia y a la Secretaria de Salud Departamental de Caqueta, para que en lo sucesivo se abstengan de incurrir en los mismos hechos que dieron origen a la presente accion de tutela.
- TERCERO. Por Secretaria General de la Corte Constitucional, librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto Estatutario 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.