Micelio
Sentencia de Tutela8 de abril de 2011

T-267 de 2011

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Misael Payares Guerrero Y Otros·Demandado Inspeccion Una De Policia Del Peñon

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Para La Proteccion De Los Derechos Fundamentales De La Poblacion Desplazada
  • Procede por ser sujetos de especial protección dada la condición particular de desamparo, vulnerabilidad e indefensión en que se encuentran
Accion De Lanzamiento Por Ocupacion De Hecho Para Predios Rurales
  • Vías para obtener protección de la posesión
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Causales genéricas de procedibilidad
Debido Proceso Administrativo, Derecho A La Vida Digna Y Derecho Al Trabajo
  • Orden a INCODER de iniciar proceso de extinción de dominio sobre el predio LAS PAVAS
Desplazados Por La Violencia
  • Sujetos de especial protección constitucional
Legitimacion Por Activa En Tutela
  • Asociación ASOCAB en nombre de desplazados
Legitimacion Por Activa
  • Agencia oficiosa en materia de población desplazada
Proceso De Extincion De Dominio Adelantado Por Incoder
  • Incurrió en defecto procedimental por exceso ritual manifiesto
Proceso Policivo
  • Mecanismo de defensa que no resulta ser eficaz
  • Procedencia de la acción de tutela
14 temas · 13 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Vida digna, igualdad, trabajo, libre desarrollo de la personalidad, debido proceso.

Los accionantes comentan que en el año 2008 mediante resolución de la UNAT se dispuso iniciar las diligencias administrativas tendientes a declarar la extinción de dominio privado sobre los predios rurales denominados Las Pavas, Peñaloza y Si Dios Quiere, la resolución determina que los predios mencionados no han sido objeto de explotación económica por parte del titular del dominio, sin embargo el titular de los predios los vendió a las sociedades Aportes San Isidro S.A. y C.I. quienes solicitaron a través de acción policiva el amparo a la posesión en contra de la comunidad ASOTAB, la inspección de policía de El Peñon, emitió una resolución en donde se concedió el amparo policivo y se ordenó el lanzamiento por ocupación de hecho, los accionantes consideran que existe una vía de hecho por defecto sustantivo ya que se desconoció el Decreto 747 de 1992, el cual señala que en ningún caso las autoridades de policía pueden ordenar el desalojo de un predio agrario cuando de forma precedente se constatare el inicio de un proceso de extinción de dominio.

La Sala se pronuncia sobre la población desplazada como sujeto de especial protección, la procedencia de la acción de tutela contra actuaciones de autoridades de policía, se realiza reiteración de jurisprudencia sobre la acción de tutela contra providencias judiciales, se decide inaplicar las decisiones que anularon el proceso de extinción del derecho de dominio y se ordena a el INCODER retomar el proceso primitivo y concluirlo, cumpliendo todas las exigencias aplicables al caso y teniendo en cuenta las decisiones y parámetros adoptados en la presente sentencia.

Concedida.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. LEVANTAR los terminos suspendidos en el presente proceso de tutela.
  2. Segundo. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
  3. Primero. Promiscuo del Circuito de Mompox, y en consecuencia CONCEDER el amparo al debido proceso y a los derechos a la vida digna y al trabajo del cual son titulares los campesinos ocupantes del predio Las Pavas, representados por ASOCAB.
  4. Tercero. DECLARAR SIN VALOR NI EFECTO las Resoluciones 001, 002 y 003 de 2009 a traves de las cuales la Inspeccion de Policia de El Penon decreto el desalojo de la comunidad "las Pavas".
  5. Cuarto. INAPLICAR los actos administrativos 346 del 23 de febrero de 2010 y 766 del 7 de abril de 2010 del Subgerente de Tierras, al igual que los dictados el 28 de abril de 2010 y el 25 de mayo de 2010 por el Director Tecnico de Procesos Agrarios de la Subgerencia de Tierras del INCODER, por medio de los cuales se abstuvo de iniciar proceso de extincion de dominio sobre el mencionado predio. En consecuencia, el INCODER, debera continuar el proceso de extincion de dominio privado sobre los predios "Las Pavas", "Penaloza" y "Si Dios quiere", teniendo en cuenta las decisiones y los parametros adoptados en esta sentencia, atendiendo en todo caso los terminos preestablecidos para el proceso administrativo y el debido proceso tanto de las sociedades propietarias como de los campesinos accionantes.
  6. Quinto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.